Ciudad por: Equipo de redacción Inician campañas de fórmulas participantes en la elección del Consejo del Pueblo San Jerónimo Aculco-Lídice 2016-11-11

El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) informa que a partir de mañana y hasta el 19 de noviembre, las y los integrantes de las siete fórmulas que contenderán el próximo domingo 27, podrán llevar a cabo actos de promoción y campaña entre sus vecinos(as), en el marco la elección del Consejo del Pueblo San Jerónimo Aculco-Lídice, en la delegación Magdalena Contreras.

De acuerdo con la Convocatoria extraordinaria emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), los actos de campaña tendrán como objetivo dar a conocer los perfiles de las y los candidatos, así como sus propuestas para mejorar el entorno del pueblo originario al que pertenecen.

El Reglamento de Propaganda e Inconformidades para el Proceso de Elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, aprobado por el Consejo General, establece que las fórmulas podrán difundir sus propuestas únicamente a través de propaganda impresa que circulará de mano en mano, y por internet, por lo que no les estará permitido hacer uso de espacios en radio y televisión. Tampoco podrán entregar artículos utilitarios.

La propaganda a utilizar deberá distribuirse en lugares públicos y contendrá el número de la fórmula, los perfiles de sus integrantes, propuestas, así como una leyenda en la que se promueva la participación ciudadana en la elección. Además, podrá realizarse difusión en módulos de información fijos que se colocarán en las colonias o pueblos en las que se esté participando.

La difusión a través de redes sociales se realizará por medio de las cuentas personales de las y los integrantes de las fórmulas, o bien, desde una cuenta creada para esos efectos.

Asimismo, no podrán otorgar o prometer bienes y regalos de cualquier naturaleza, ni condicionar la prestación de algún servicio público, la ejecución de un programa de cualquier ámbito de gobierno o realizar cualquier acción que pueda constituir coacción del voto.

Los recursos empleados para los actos de promoción o campaña deberán ser lícitos y provenir del patrimonio de las y los contendientes. No podrán hacer uso de presupuestos públicos y las voluntarias y voluntarios tampoco podrán aportar apoyos económicos.

En el caso específico de los partidos políticos, las asociaciones políticas y religiosas, el Reglamento establece que estarán impedidos para utilizar cualquier tipo de recurso con el ánimo de influir en dicho proceso electivo.

Las fórmulas no podrán hacer uso de las siglas o denominación de partidos políticos en cualquier forma, ni aludir a programas de gobierno, servidores públicos o incluir símbolos religiosos en su propaganda.

De igual forma, ninguna persona del servicio público podrá realizar actos proselitistas en sus horarios laborales, ni participar en su calidad de funcionario, o utilizar recursos que estén bajo su responsabilidad, a favor o en contra de una fórmula.

Durante el desarrollo de sus actividades, las y los integrantes de las fórmulas, voluntarias y voluntarios deberán abstenerse de realizar cualquier expresión que implique incitaciones a la violencia, calumnia o difamación a alguna o alguno de sus integrantes, particularmente en el periodo de promoción o de campaña.

En caso de violentar las reglas de la contienda, el IEDF podrá aplicar, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento señalado, alguna de las siguientes sanciones:

Amonestación pública;
Cancelación del registro de la o el integrante infractor, o
Cancelación del registro de la fórmula infractora

Cualquier ciudadana o ciudadano puede presentar inconformidades por presuntas violaciones a la normatividad aplicable al proceso electivo de manera escrita, ante la Dirección Distrital correspondiente, dentro de los tres días siguientes a aquel en que ocurran los hechos o hayan sido conocidos por la o el promovente.

El Reglamento de Propaganda e Inconformidades para el Proceso de Elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos puede ser consultado en el hipervínculo http://www.iedf.org.mx/transparencia/art.14/14.f.01/marco.legal/ReglamentodePropagandaACU-35-16.pdf