Ciudad por: Equipo de redacción LO QUE TIENES QUE SABER SOBRE LA LEY SECUNDARIA DE TELECOMUNICACIONES 2014-07-01

PRI,PAN,PRD y PVEM abrieron un periodo extraordinario en el Senado que inicia el 4 de julio para aprobar las leyes secundarias de la Reforma en Telecomunicaciones.

Para que entiendas bien a bien lo que se está discutiendo en el Senado, te presentamos la siguiente información:

Primero, A¿Qué es la Ley secundaria de Telecomunicaciones?

Como parte de la Reforma en Telecomunicaciones propuesta por el Ejecutivo y ya aprobada, se envía al senado una segunda propuesta con leyes para ésta. Con estas leyes, se administran los servicios de:

- Radio

- Televisión

- Internet

- Banda Ancha

De igual manera, se regulan las redes de telecomunicaciones, los servicios relacionados con éstas que se ofrecen al público y la competencia entre las empresas que ofrecen dichos servicios.

Antecedentes y puntos a entender

Antes de entrar de lleno con la ley, debemos considerar y entender algunos términos como:

Espectro radioeléctrico: medio de transmisión de información (voz, audio, video y datos )
Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT): Dependencia encargada de aplicar, supervisar y penalizar el cumplimiento de las leyes secundarias en telecomunicaciones.

Empresa preponderante: aquella que cuenta con más del 50% de suscriptores, usuarios o audiencia a través de sus redes de comunicación.
Interconexión: De manera sencilla, es el costo por iniciar y terminar llamadas entre dos empresas distintas, hasta el 2011 ninguna autoridad regulaba estas tarifas, luego se impuso una simétrica de 39 centavos.

Tarifa Asimétrica: Costo por interconexión en función de la preponderancia de la empresa.

Ya entendí, A¿en qué me beneficia?

La Ley Secundaria de Telecomunicaciones tiene apartados que beneficiarían al usuario final y a las empresas de telecomunicaciones que no son preponderantes. Por ejemplo:

- Se eliminaría el roaming y la larga distancia

- Se abrirán dos nuevas cadenas de televisión, habrán más contenidos para el público y no participarán empresas que tengan concesiones por más de 12 MHz.

- Las empresas preponderantes ya no cobrarán por la interconexión, estarán sujetas a una tarifa asimétrica hasta que pierdan su calidad de preponderantes.

- Las empresas de TV de paga tendrán que ofrecer los canales de televisión abierta sin costo alguno

- Las empresas preponderantes tendrán que rentar a precios accesibles su infraestructura a competidores nuevos, esto en respuesta a la construcción de redes públicas que podrán ser solicitadas por las mismas empresas.

- Se conserva el principio de Neutralidad en la Red, es decir, los concesionarios de Internet, no podrán discriminar, obstruir o discriminar los contenidos que viajen en internet de manera arbitraria. (art. 145 fracción II)

- Multas de hasta más del 5% del ingreso total de aquellas empresas que no cumplan las leyes.

- Todo esto se traduce en mayor competencia entre las empresas de telecomunicaciones, lo que terminaría, como se ha visto de manera internacional, en mejoras en la calidad de los servicios y mejores tarifas.

Suena bien, A¿hay algo que deba considerar?

Sí, algunos artículos de esta ley, de acuerdo con expertos en derechos humanos, representantes de organizaciones sociales y académicos, estarían redactados de manera ambigua y se tendrían que revisar antes de ser aprobados, principalmente:

- Artículo 145 inciso III: Los concesionarios pueden bloquear contenidos si así lo requieren las autoridades.

- Artículo 190: Las autoridades podrán solicitar a los concesionarios intervenir comunicaciones, o sea, pueden pedir tus conversaciones de mensajería instantánea o llamadas.

- Artículo 192: Las empresas de telecomunicaciones están obligados a guardar un registro de todos los datos de sus usuarios: nombre, llamadas entrantes y salientes, fecha y hora de los registros, ubicación, entre otros.

- Artículo 194: Las empresas deberán proporcionar esos datos a las autoridades de ley que así lo requieran.

- Artículo 197, inciso III: Si las autoridades lo requieren, se pueden bloquear, inhibir o anular las telecomunicaciones en lugares o eventos, esto si se considera que existe inseguridad para los ciudadanos o la nación.

Si quieres leer el texto completo de la Leyes Secundarias de Telecomunicaciones da clic aquí.