APRUEBAN REFORMAS A LEY DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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Las adecuaciones ayudan a la entrega de apoyos económicos para este sector de la población
El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó hoy con 45 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, adecuaciones a los artÃculos 42 y 43 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, que ayudan a la entrega de apoyos económicos a este sector de la población.
De esta manera, el artÃculo 42 señala que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, el DIF de la Ciudad de México, está obligado a elaborar y mantener actualizado el padrón de derechohabientes, en términos de lo dispuesto en el capÃtulo séptimo de la Ley de Desarrollo Social local, en lo concerniente a las personas con discapacidad, sin que ello implique un mayor proceso administrativo.
Y por lo que toca al artÃculo 43, se indica que son requisitos para obtener el derecho al apoyo económico: I.- Acreditar su discapacidad con documento expedido por alguna institución pública de salud de la Ciudad de México.
Al presentar el dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, su presidenta, la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Elizabeth Mateos Hernández, se refirió a la propuesta original presentada por la diputada Ana MarÃa RodrÃguez RuÃz, del grupo parlamentario del partido Morena.
“El espÃritu de la iniciativa en comento deriva de la necesidad de ayudar a las personas con discapacidad que residen en la Ciudad de México, las cuales tienen los mismos deberes y derechos de quienes nacieron en esta capitalâ€, dijo.
Por ello, agregó, es preciso recordar que el pasado 3 de marzo se publicó la reforma a la fracción II del artÃculo 43 de la citada Ley, en el sentido de que son requisitos para obtener el derecho al apoyo económico, los siguientes:
Contar con la calidad de habitante o vecino del Distrito Federal en los términos del artÃculo 5º del Estatuto de Gobierno local. Y que se dará prioridad a aquellas personas con mayor necesidad de apoyo, de acuerdo con el máximo de los recursos disponibles, y demás requisitos necesarios para asegurar la adecuada asignación del apoyo.
El Estatuto establece que habitantes de esta ciudad son las personas que residen en su territorio, y vecinos, quienes viven en él por más de seis meses. AsÃ, la propuesta de modificación a la fracción II del artÃculo 43 propuesta en la iniciativa en comento, sobre la residencia de al menos seis meses, queda resuelta.
Mateos Hernández recordó que el programa para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal 2014 – 2018 contempla la inclusión y la no discriminación, es por ello que se otorga un apoyo económico a este sector de la población que vive en la Ciudad de México.
Comentó que el objeto de la propuesta radica en promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad, promoviendo el respeto de su dignidad inherente. Eliminar el requisito de haber nacido en el Distrito Federal, asà como corregir el artÃculo 42, en cuanto a padrones de beneficiarios.
“Es necesario comentar que la iniciativa sugiere que el DIF de la Ciudad de México está obligado a elaborar y mantener actualizado el padrón de derechohabientes, en términos de lo dispuesto en el capÃtulo séptimo de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, el cual se refiere a todos los programas, no sólo a las personas con discapacidad, por lo que se propone especificarâ€, señaló.
Para este año, precisó, la SecretarÃa de Finanzas de la Ciudad de México autorizó al Programa para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad un presupuesto de 783 millones 500 mil pesos, para atender la meta de 81 mil 614 beneficiarios, destinando un apoyo económico mensual a los derechohabientes de 800 pesos, lo que equivale a un monto anual por beneficiario, que no presenta suspensión, de 9 mil 600 pesos.
“La población potencial de la propuesta planteada está constituida por 483 mil 45 personas con discapacidad. Esto implica que, si se le extendiera el apoyo económico al universo de todas las personas con discapacidad que habitan en la Ciudad de México, se necesitarÃa una cantidad de recursos que superarÃan los 4 mil millones de pesos anuales, lo cual serÃa imposible de sostenerâ€, finalizó Elizabeth Mateos.
Las adecuaciones ayudan a la entrega de apoyos económicos para este sector de la población
El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó hoy con 45 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, adecuaciones a los artÃculos 42 y 43 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, que ayudan a la entrega de apoyos económicos a este sector de la población.
De esta manera, el artÃculo 42 señala que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, el DIF de la Ciudad de México, está obligado a elaborar y mantener actualizado el padrón de derechohabientes, en términos de lo dispuesto en el capÃtulo séptimo de la Ley de Desarrollo Social local, en lo concerniente a las personas con discapacidad, sin que ello implique un mayor proceso administrativo.
Y por lo que toca al artÃculo 43, se indica que son requisitos para obtener el derecho al apoyo económico: I.- Acreditar su discapacidad con documento expedido por alguna institución pública de salud de la Ciudad de México.
Al presentar el dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, su presidenta, la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Elizabeth Mateos Hernández, se refirió a la propuesta original presentada por la diputada Ana MarÃa RodrÃguez RuÃz, del grupo parlamentario del partido Morena.
“El espÃritu de la iniciativa en comento deriva de la necesidad de ayudar a las personas con discapacidad que residen en la Ciudad de México, las cuales tienen los mismos deberes y derechos de quienes nacieron en esta capitalâ€, dijo.
Por ello, agregó, es preciso recordar que el pasado 3 de marzo se publicó la reforma a la fracción II del artÃculo 43 de la citada Ley, en el sentido de que son requisitos para obtener el derecho al apoyo económico, los siguientes:
Contar con la calidad de habitante o vecino del Distrito Federal en los términos del artÃculo 5º del Estatuto de Gobierno local. Y que se dará prioridad a aquellas personas con mayor necesidad de apoyo, de acuerdo con el máximo de los recursos disponibles, y demás requisitos necesarios para asegurar la adecuada asignación del apoyo.
El Estatuto establece que habitantes de esta ciudad son las personas que residen en su territorio, y vecinos, quienes viven en él por más de seis meses. AsÃ, la propuesta de modificación a la fracción II del artÃculo 43 propuesta en la iniciativa en comento, sobre la residencia de al menos seis meses, queda resuelta.
Mateos Hernández recordó que el programa para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal 2014 – 2018 contempla la inclusión y la no discriminación, es por ello que se otorga un apoyo económico a este sector de la población que vive en la Ciudad de México.
Comentó que el objeto de la propuesta radica en promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad, promoviendo el respeto de su dignidad inherente. Eliminar el requisito de haber nacido en el Distrito Federal, asà como corregir el artÃculo 42, en cuanto a padrones de beneficiarios.
“Es necesario comentar que la iniciativa sugiere que el DIF de la Ciudad de México está obligado a elaborar y mantener actualizado el padrón de derechohabientes, en términos de lo dispuesto en el capÃtulo séptimo de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, el cual se refiere a todos los programas, no sólo a las personas con discapacidad, por lo que se propone especificarâ€, señaló.
Para este año, precisó, la SecretarÃa de Finanzas de la Ciudad de México autorizó al Programa para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad un presupuesto de 783 millones 500 mil pesos, para atender la meta de 81 mil 614 beneficiarios, destinando un apoyo económico mensual a los derechohabientes de 800 pesos, lo que equivale a un monto anual por beneficiario, que no presenta suspensión, de 9 mil 600 pesos.
“La población potencial de la propuesta planteada está constituida por 483 mil 45 personas con discapacidad. Esto implica que, si se le extendiera el apoyo económico al universo de todas las personas con discapacidad que habitan en la Ciudad de México, se necesitarÃa una cantidad de recursos que superarÃan los 4 mil millones de pesos anuales, lo cual serÃa imposible de sostenerâ€, finalizó Elizabeth Mateos.