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Jueves 25 de abril de 2024

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Resuelve TECDMX juicios sobre asociación civil “Sociedad, Equidad y Género, A.C.” y de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI

Resuelve TECDMX juicios sobre asociación civil “Sociedad, Equidad y Género, A.C.” y de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI

Resuelve TECDMX juicios sobre asociación civil “Sociedad, Equidad y Género, A.C.” y de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI

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· Los juicios respecto de la Asociación Civil se dieron en cumplimiento de sentencia emitida por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

· Se confirmó un desechamiento realizado por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, relativo a un Juicio para la Protección de los Derechos Partidarios de diversos militantes.


Las Magistraturas integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebraron Sesión Pública en la que resolvieron cinco Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (JLDC).

En cumplimiento de sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los juicios TECDMX-JLDC-1360 y su acumulado TECDMX-JLDC-1366, así como de los juicios TECDMX-JLDC-1361 y su acumulado TECDMX-JLDC-1362, todos ellos de 2019, promovidos por la Asociación Civil “Sociedad, Equidad y Género, A.C.” en los que controvertían los oficios por los que la Dirección de Asociaciones del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) rechazó registrar como asistentes a las asambleas en las demarcaciones territoriales de Cuajimalpa de Morelos y La Magdalena Contreras a diversas personas durante el procedimiento para constituirse como partido local; el Pleno resolvió confirmar los oficios emitidos por la mencionada dirección.

Lo anterior, al considerar que la interpretación de la Dirección de Asociaciones del IECM es acorde con la norma al no registrar a diversas personas como asistentes a las mencionadas asambleas, porque se contaba con el quorum necesario para iniciarlas. De este modo, no era necesario registrar a todas las personas que se incorporaron una vez iniciadas.

Por otra parte, respecto del juicio TECDMX-JLDC-1372/2019, promovido por Ricardo Bladimir Rodríguez Jiménez y otras personas, mediante el cual impugnaban el desechamiento realizado por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI respecto de su Juicio para la Protección de los Derechos Partidarios del Militante, al considerar que había sido presentado de forma extemporánea; las Magistradas y Magistrados resolvieron confirmar el mencionado desechamiento.

Lo anterior, debido a que transcurrieron nueve días naturales desde la publicación del acto primigeniamente controvertido hasta la presentación del medio de impugnación intrapartidista, cuando los actores sólo contaban con 4 días, situación que se establece en los artículos 65 y 66 del Código de Justicia Partidaria del PRI.


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