Convenio Senado-CNDH para promover protección de derechos indÃgenas

- Senadores y comisionado destacan necesidad de revisar acceso de los indÃgenas a la justicia
- Comisión de Asuntos IndÃgenas lleva a cabo foro para analizar reglamentación del artÃculo 2º constitucional
En el marco de la conmemoración del DÃa Internacional de los Pueblos IndÃgenas, el Senado de la República firmó un convenio de colaboración con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para desarrollar e impulsar acciones conjuntas que promuevan el respeto, la protección y la divulgación de los derechos humanos de la población originaria, asà como la observancia de las disposiciones legales en la materia.
El convenio fue firmado por la senadora MarÃa Elena Barrera Tapia, secretaria de la Mesa Directiva del Senado, y el presidente de la CNDH, Raúl Plascencia Villanueva.
Posteriormente, se llevó a cabo el foro “Derechos indÃgenas y su necesaria regulación†en el que se abordaron los temas de legislación reglamentaria del artÃculo 2º constitucional y acceso a la justicia de los pueblos y comunidades indÃgenas.
La senadora Barrera Tapia apuntó a la necesidad de reglamentar el artÃculo 2º, en el que se reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indÃgenas a la libre determinación. Precisó que en esta norma también se establece que la Federación, los estados y los municipios deberán promover la igualdad de oportunidades de los indÃgenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria.
Señaló que, actualmente, la población indÃgena tiene grandes carencias educativas, de vivienda, de oportunidades, de justicia y de salud. Más aún, es entre las mujeres de este grupo poblacional donde se presentan los mayores Ãndices de desnutrición, embarazo adolescente y mortalidad infantil y perinatal.
El ombudsman nacional destacó que México tiene una población de alrededor de 15 millones de mujeres y hombres que habitan en pueblos y comunidades indÃgenas, de los cuales cerca de la mitad no habla plenamente el español. Asimismo, existen cerca de 8 mil indÃgenas en prisión, quienes –al revisar sus expedientes- se encuentra que han sufrido violaciones al debido proceso, tan elementales como el no contar con un intérprete o traductor.
Enfatizó que esta dramática condición de vulnerabilidad exige una revisión cuidadosa del marco jurÃdico, particularmente de la manera en que los pueblos y comunidades indÃgenas acceden a la justicia y en cómo se hacen efectivos sus derechos sociales. No obstante, se debe insistir en conservar su pluralidad e identidad, como una condición para impedir que se pierda la diversidad cultural de nuestro paÃs.
Por otra parte, Plascencia Villanueva aseguró que si queremos que los pueblos y comunidades indÃgenas puedan hacer efectivos sus derechos, tenemos que empezar por hacerles saber cuáles son y, sobre todo, cómo defenderlos. En efecto, indicó, entre más educación, capacitación y divulgación, menores son las violaciones a los derechos humanos.
El presidente de la Comisión de Asuntos IndÃgenas del Senado, senador Eviel Pérez Magaña, afirmó que la regulación del artÃculo 2º debe ir encaminada a consolidar un marco eficaz y efectivo de principios, normas, polÃticas públicas, estrategias y acciones a favor de los pueblos y comunidades indÃgenas que garanticen plenamente sus derechos individuales y colectivos. Para ello, se deben respetar las directrices reconocidas en la materia.
En este sentido, se refirió a la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, que proyectó los derechos indÃgenas en el marco del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado desde 1990.
La senadora Luisa MarÃa Calderón Hinojosa refirió que aunque el presupuesto para el desarrollo de los pueblos indÃgenas ha crecido a tal grado que en 2014 se destinaron 77 mil millones de pesos -en comparación con 13 mil millones de pesos en 2001-, las cabeceras municipales no atienden el desarrollo de los pueblos indÃgenas ni reconocen su derecho a participar en el diseño de los presupuestos y a administrar proyectos.
De esta manera, señaló que algo faltó en el artÃculo 2º, por lo que se debe reglamentar para que las comunidades indÃgenas puedan exigir sus derechos, crecer a plenitud y participar en esta nación pluricultural.
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