_ Se aproxima el periodo para que las personas físicas presenten su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El proceso consiste en completar el prellenado con los ingresos y gastos correspondientes al ejercicio fiscal 2025, es decir, de enero a diciembre de ese año. Con base en esta información, se calcula el balance final que determinará si existe un saldo a favor o un saldo en contra del contribuyente.
Cada caso es particular y las dudas específicas deben tratarse directamente con el SAT o con un contador especializado. Sin embargo, conocer un panorama general puede servir de referencia al momento de presentar la declaración, cuyo plazo será del 1 al 30 de abril de 2026.
¿Qué significa tener un Saldo a Favor?
Este escenario favorable ocurre cuando los pagos provisionales o las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) realizadas durante 2025 superaron el impuesto total calculado en la declaración anual. Ante esta situación, el contribuyente tiene dos opciones principales:
Devolución automática: Se puede solicitar que el monto a favor sea depositado en una cuenta bancaria, para lo cual es necesario proporcionar al SAT la CLABE interbancaria de 18 dígitos.
Compensación: La alternativa es dejar el dinero como saldo a favor registrado en el SAT para utilizarlo en futuros pagos de impuestos, ya sea en pagos provisionales posteriores o en declaraciones anuales de ejercicios fiscales siguientes. Es importante considerar que si se opta por la devolución bancaria y el monto supera los $10,000 pesos, será necesario utilizar la e.firma. Este requisito también aplica si se cambia la cuenta CLABE asociada o si el monto excede los $150,000 pesos.
¿Qué implica tener un Saldo en Contra?
En este caso, el contribuyente adeuda impuestos al SAT. Las razones pueden ser diversas: retenciones insuficientes durante el año, contar con más de un patrón o tener ingresos adicionales no declarados previamente, entre otras.
Frente a un saldo en contra existen formas de pago:
El pago puede realizarse en una sola exhibición o aprovechar la facilidad de hacerlo hasta en seis mensualidades.
Es crucial atender este compromiso dentro del plazo establecido. De no hacerlo, se estaría sujeto a actualizaciones, recargos y multas por parte del fisco, lo que incrementaría significativamente la cantidad a pagar posteriormente.