Martes 07 de abril de 2026

Pensión IMSS para padres: SCJN establece nuevo criterio de dependencia económica

Publicado por: BT Fecha: 2026-04-07
Pensión IMSS para padres: SCJN establece nuevo criterio de dependencia económica
_ La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que modifica sustancialmente el acceso a las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para los padres de trabajadores fallecidos. Ahora, los ascendentes pueden recibir hasta el 90% del monto, incluso si existen cónyuge o hijos, siempre que comprueben dependencia económica.

Este cambio rompe con el esquema histórico establecido en la Ley del Seguro Social de 1973, que priorizaba un orden rígido de beneficiarios: primero el cónyuge, después los hijos y, solo en ausencia de estos, los padres. La SCJN consideró este modelo discriminatorio y determinó que el criterio central debe ser la dependencia económica real.

El IMSS deberá analizar cada caso de forma individual para determinar quiénes tienen derecho a la pensión por muerte del trabajador. Los posibles beneficiarios son: cónyuge o concubino, hijos y padres. El derecho ya no se define automáticamente por parentesco, sino por la comprobación de la dependencia económica, la situación familiar real y el cumplimiento de requisitos legales.

Para acreditar dicha dependencia, se requieren pruebas como documentos oficiales, comprobantes de manutención y testimonios. El fallo no elimina los derechos de viudez, pero sí termina con su prioridad automática, equilibrando el sistema al reconocer a otros dependientes económicos reales.

Esta decisión judicial marca un precedente hacia un sistema de seguridad social más flexible en México, donde el acceso a la pensión depende menos del vínculo familiar y más de las circunstancias económicas concretas de cada núcleo familiar.


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