Miércoles 16 de septiembre de 2026

¿Quiénes pueden aumentar tu pensión del IMSS? Estos familiares cuentan

Publicado por: Equipo de Economía Fecha: 2026-09-04 08:38:01
¿Quiénes pueden aumentar tu pensión del IMSS? Estos familiares cuentan
_ Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se rigen por la Ley del Seguro Social de 1973 tienen la posibilidad de incrementar el monto de su pensión mediante las denominadas asignaciones familiares. Este beneficio permite a quienes reciben una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez sumar un porcentaje extra por cada familiar que dependa económicamente de ellos, cumpliendo ciertos requisitos establecidos por la institución.

De acuerdo con las reglas del IMSS, el incremento corresponde a un 15 por ciento adicional cuando el pensionado tiene esposa o concubina. Por cada hijo menor de 16 años se añade un 10 por ciento, proporción que también aplica para hijos de 16 a 25 años que demuestren estar estudiando en un plantel del Sistema Educativo Nacional y que no se encuentren sujetos al régimen obligatorio. Asimismo, se otorga un 10 por ciento por hijo con discapacidad que no pueda mantenerse por sí mismo a causa de una enfermedad crónica, física o psíquica.

En caso de que el pensionado no cuente con esposa, concubina o hijos con esos requisitos, es posible recibir una asignación del 10 por ciento por cada padre que dependa económicamente de él. Si solamente tiene un ascendiente en esa situación, se puede obtener una ayuda asistencial adicional de otro 10 por ciento. Y si no hay ningún familiar dependiente, la normativa contempla una ayuda asistencial general de 15 por ciento sobre la pensión.

Las asignaciones familiares no son permanentes en todos los casos. Se suspenden al fallecer el beneficiario que las originó, y para los hijos concluyen al cumplir 16 años, con excepción de quienes continúan estudios hasta los 25 años, siempre que acrediten su situación con la documentación correspondiente. En el caso de hijos con discapacidad, la asignación se mantiene mientras persista la inhabilitación para trabajar.

El trámite para solicitar estos incrementos es gratuito y se realiza en la Unidad de Medicina Familiar del IMSS que corresponda al pensionado. Se debe presentar acta de matrimonio o concubinato, actas de nacimiento de los hijos, comprobantes de estudios, certificados médicos en caso de discapacidad y documentos que acrediten la dependencia económica de los padres. Acercarse a la institución y conocer estos derechos puede representar un apoyo vital para la economía familiar de muchos pensionados.


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