_ La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) celebró por primera vez una sesión itinerante en territorio indígena, al sesionar en Tenejapa, Chiapas, con la presencia de habitantes de la comunidad de La Candelaria, quienes minutos después fueron favorecidos con un fallo histórico. Solo seis de los nueve ministros asistieron presencialmente, ataviados con vestimenta tradicional, mientras que dos votaron a distancia y la ministra María Estela Ríos se ausentó por comisión oficial.
El Pleno se reunió en la plaza principal de Tenejapa, donde autoridades locales y el gobernador Eduardo Ramírez Aguilar convocaron a cerca de dos mil personas de comunidades tzotziles y tzeltales, improvisando un auditorio comunitario. La sesión contó con la participación del ministro presidente, Hugo Aguilar, así como de Aristides Guerrero y las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loreta Ortiz Ahlf, autora del proyecto de sentencia.
La resolución otorgó un amparo a la comunidad de La Candelaria, que desde hace cinco años emprendió una batalla legal para ser reconocida como entidad sujeta de derecho público, con capacidad de autogobierno y presupuesto propio. El caso inició cuando su Asamblea Comunitaria solicitó al Congreso de Chiapas el reconocimiento formal de su gobierno comunitario; tras no recibir respuesta, promovieron un juicio de amparo con apoyo de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Puebla.
Al analizar el caso, la SCJN determinó que el Congreso incurrió en una omisión legislativa, pues aunque la Constitución reconoce la autonomía y libre determinación indígena, las leyes estatales carecen de procedimientos claros para que las comunidades sean reconocidas jurídicamente, ejerzan su forma de gobierno y accedan directamente a recursos públicos. Los ministros destacaron que la reforma al artículo 2 constitucional de 2024 representó un cambio profundo en el marco legal, al reconocer plenamente a pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público.
La Corte ordenó al Congreso chiapaneco legislar en un plazo máximo de 180 días para establecer mecanismos, criterios y rutas formales para el reconocimiento de gobiernos comunitarios, así como formas de coordinación con autoridades estatales y municipales. La sesión histórica en Tenejapa marcó un precedente significativo en el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas en México.