Martes 25 de agosto de 2026

SE da a conocer calendario para permiso previo de importación de azúcar y preparaciones alimenticias

Publicado por: Equipo de Tecnología Fecha: 2026-08-21 11:21:02
SE da a conocer calendario para permiso previo de importación de azúcar y preparaciones alimenticias
_ La Secretaría de Economía, por conducto de la Subsecretaría de Comercio Exterior, dio a conocer el calendario oficial para la implementación del Permiso Previo de Importación de azúcar y preparaciones alimenticias, conforme al Acuerdo que modifica el diverso por el que dicha dependencia emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2026.

De acuerdo con el aviso, los importadores de estas mercancías deberán cumplir una nueva regulación en tres etapas claramente diferenciadas. La primera de ellas iniciará el 21 de agosto de 2026, fecha a partir de la cual los interesados podrán iniciar, ante el Centro Nacional de Metrología (CENAM), el proceso para obtener el Informe de Atestación o Informe de Cumplimiento. Este documento constituye una etapa previa esencial para que los importadores demuestren que sus productos cumplen con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

Posteriormente, el 31 de agosto de 2026, la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE) habilitará el apartado específico para que los importadores presenten sus solicitudes del permiso previo de importación. Con esta herramienta, el trámite podrá realizarse a través de la plataforma oficial, lo que permitirá gestionar la autorización ante la autoridad competente.

La tercera fecha relevante es el 28 de septiembre de 2026. A partir de ese día será obligatorio contar con el permiso previo de importación para realizar el despacho aduanero de las mercancías sujetas a esta regulación. Ello significa que toda mercancía comprendida en los supuestos del permiso que pretenda ingresar al país sin la autorización correspondiente no podrá ser despachada por las aduanas y podría quedar sujeta a las medidas previstas en la legislación aduanera.

La Subsecretaría destacó la importancia de que los importadores consideren con antelación las fechas señaladas, así como los plazos necesarios para la obtención del Informe de Atestación o Informe de Cumplimiento y, posteriormente, para tramitar el permiso previo. El objetivo es que los interesados cuenten oportunamente con la autorización antes de que esta sea exigible en aduana, evitando así retrasos en sus operaciones comerciales.

En ese sentido, el aviso subraya que el proceso de obtención del Informe de Atestación o Informe de Cumplimiento ante el CENAM puede requerir un tiempo considerable, por lo que no conviene dejar el trámite para última hora. De igual forma, una vez obtenido ese informe, el importador deberá completar la solicitud en la VUTCE y esperar la resolución correspondiente. Por ello, las autoridades recomendaron adelantar las gestiones desde la primera fecha habilitada.

Finalmente, la Subsecretaría puso a disposición de los importadores el correo electrónico snice@economia.gob.mx para recibir información adicional o formular consultas relacionadas con la implementación del permiso. La dependencia invitó a los interesados a mantenerse atentos a los comunicados oficiales para conocer cualquier detalle operativo sobre el funcionamiento del permiso en la Ventanilla Única y los requisitos que deberán cumplirse en cada etapa.

Con este esquema, el gobierno federal busca brindar certidumbre a los importadores de azúcar y preparaciones alimenticias, al tiempo que establece un mecanismo de control previo para la entrada de estas mercancías al país. El calendario publicado permite a los actores involucrados planear sus operaciones con tiempo suficiente y cumplir con las nuevas disposiciones en materia de comercio exterior.


Sigue la conversación en Facebook y revisa más actualizaciones de esta nota.

Ver publicación en Facebook

Reacciones