La presentación de la Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en abril puede resultar en una devolución de dinero para miles de contribuyentes que tengan un saldo a favor. Este beneficio se genera cuando el organismo retuvo más impuestos de los que realmente correspondía pagar durante el año fiscal. Para las personas físicas, cumplir con esta obligación no solo es un trámite, sino también una oportunidad para recuperar parte de los impuestos pagados. El plazo límite para presentarla es el 30 de abril. ¿Cómo saber si tienes saldo a favor? La única forma es presentando tu declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal anterior. Al completarla en el portal del SAT, el sistema calcula automáticamente si tienes impuestos por pagar, si tu resultado queda en ceros o si cuentas con saldo a favor. En este último caso, se habilita la opción para solicitar la devolución. Una herramienta útil previa es el Simulador de Declaración Anual, disponible en la página del SAT, que permite hacer un cálculo aproximado basado en tu información fiscal registrada. Si tu declaración arroja saldo a favor, puedes solicitar la devolución automática siguiendo estos pasos: presenta tu Declaración Anual dentro del plazo establecido, revisa el resultado del cálculo del sistema y, si el monto es menor a 150 mil pesos, selecciona la opción de devolución automática y captura tu CLABE interbancaria para recibir el depósito directo. Para montos superiores a esa cantidad, el SAT puede solicitar documentación adicional para validar la operación. Para aumentar las posibilidades de obtener un saldo a favor, es clave considerar las deducciones personales autorizadas. Entre los gastos deducibles se encuentran: - Salud: Honorarios médicos y dentales; consultas psicológicas o nutricionales; gastos hospitalarios; prótesis y lentes graduados. - Educación: Colegiaturas en escuelas privadas desde preescolar hasta bachillerato y transporte escolar obligatorio. - Vivienda: Intereses reales pagados por créditos hipotecarios (Infonavit, Fovissste o bancarios). - Retiro: Aportaciones voluntarias a la cuenta para el retiro. - Otros: Gastos funerarios de familiares directos y donativos a instituciones autorizadas.