DICTAN AUTO DE FORMAL PRISIÓN CONTRA ABOGADA QUE DEFRAUDÓ A CLIENTE

De acuerdo con el expediente 139/2016, entre los últimos dÃas de febrero y principios de marzo de 2014, la probable responsable y sus copartÃcipes, integrantes de un despacho de abogados, ofrecieron sus servicios profesionales a un hombre que tenÃa problemas jurÃdicos en el estado de Tabasco. La contratación de la asesorÃa se concretó dÃas después.
Uno de los implicados solicitó al querellante que realizara varios pagos dependiendo de los avances de la integración de la indagatoria correspondiente, los cuales efectuó, entre marzo y mayo del mismo año. Por su parte, los indiciados le fueron informando, vÃa correo electrónico y telefónicamente, sobre el supuesto avance de la investigación.
El 11 de diciembre de 2014, uno de los indiciados le comunicó al agraviado que el agente del Ministerio Público supuestamente habÃa determinado la indagatoria de referencia, mediante acuerdo del ejercicio de la acción penal por el delito de fraude procesal y que serÃa a finales de dicho mes, cuando el Juez Penal en turno resolverÃa, por lo que le pidió al afectado un sexto depósito.
Una vez realizado el pago, los inculpados le dieron prórrogas al querellante, quien ante esta situación, decidió acudir ante el representante social que atendÃa su caso, el cual habÃa encargado al grupo de abogados. El agente del MP le informó que la indagatoria aún no habÃa sido determinada y que se encontraba en etapa de integración.
Al descubrir el engaño de que habÃa sido objeto, el afectado denunció los hechos y derivado de las indagatorias, la inculpada fue detenida a finales de noviembre de 2016 y puesta a disposición del juez que la requerÃa por el delito de fraude genérico.
En tanto, la PolicÃa de Investigación (PDI) continúa la búsqueda de los dos cómplices de la imputada, quienes tienen una orden de aprehensión vigente por el mismo ilÃcito.
Esta información se emite en términos del ArtÃculo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México.
La presentada tiene el carácter de probable responsable, lo que no implica una sanción penal hasta que lo determine la autoridad jurisdiccional.
El proceso sobre el que informa este comunicado se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolla de acuerdo al sistema tradicional o mixto.
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