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Jueves 28 de marzo de 2024

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El Congreso aprobó reformas a la Constitución CDMX, referentes al Tribunal Superior de Justicia, así como del Consejo de la Judicatura

El Congreso aprobó reformas a la Constitución CDMX, referentes al Tribunal Superior de Justicia, así como del Consejo de la Judicatura

El Congreso aprobó reformas a la Constitución CDMX, referentes al Tribunal Superior de Justicia, así como del Consejo de la Judicatura

_ Este dictamen reforma los artículos 35, 37, 44 y 46 de la Constitución de la Ciudad de MéxicoEl pleno del Congreso aprobó otro dictamen para armonizar la Ley Orgánica del Poder Judicial con la Constitución local

Para contribuir a mejorar el funcionamiento del Poder Judicial, el pleno del Congreso local aprobó en forma unánime un dictamen que reforma los artículos 35, 37, 44 y 46 de la Constitución de la Ciudad de México, presentado por las comisiones unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Nazario Norberto Sánchez, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas, reconoció que éste se deriva de la iniciativa presentada por el diputado Eleazar Rubio Aldarán, “y tiene dentro de sus finalidades derogar lo invalidado por la Suprema Corte en días pasados, acatar la sentencia emitida por ese Tribunal y en consecuencia ajustar los procedimientos y dotar al Poder Judicial de esta ciudad de los mecanismos necesarios para su eficiente y eficaz funcionamiento”.

Recordó que los pasados días 26 de junio y 24 de septiembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las sentencias dictadas por el Tribunal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para resolver dos controversias constitucionales, que aluden que los artículos 35 y 37 de la Constitución local incorporan algunas figuras relativas al Poder Judicial local que vulneran los principios de la autonomía e independencia que protege la Constitución Federal a favor de los órganos encargados de impartir justicia.

Indicó que estas controversias reclamaron la invalidez de las facultades del Consejo Judicial Ciudadano de intervenir en el nombramiento de los integrantes del Consejo de la Judicatura y en la designación de jueces y magistrados, y la prohibición expresa de que la o el Presidente del Tribunal Superior de Justicia pueda también presidir simultáneamente el Consejo de la Judicatura y la temporalidad limitada sumamente acotada de un año improrrogable para ocupar la Presidencia del Tribunal Superior.

Por lo anterior, dijo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó de la Constitución de la Ciudad de México los artículos 35 en el Apartado B numeral 9; Apartado E numeral 2 párrafo primero; numeral 3; artículo 37 inciso e) numeral 3; y párrafo tercero del Transitorio Vigésimo Tercero.

Nazario Norberto explicó que las comisiones dictaminadoras acordaron reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución local que establecen que quien presida el Tribunal Superior de Justicia permanezca en su encargo cuatro años; que el Consejo de la Judicatura se integre por seis consejeros de la siguiente manera: un magistrado o magistrada, dos juezas o jueces, dos consejeras o consejeros electos por este Congreso y un consejero designado por la Jefatura de Gobierno; que el presupuesto del Poder Judicial sea elaborado por el Consejo de la Judicatura y posteriormente remitido a la Jefatura de Gobierno; y que la y los integrantes del Consejo de la Judicatura, así como la persona que actualmente ocupa la Presidencia, concluyan su encargo hasta que concluya el periodo para el que fueron electos.

El dictamen se aprobó en lo general, con 59 votos a favor y cero en contra, con reservas a los artículos 35 y 23 transitorio de los diputados Jorge Gaviño Ambriz (PRD), Guillermo Lerdo de Tejada Servitje (PRI) y Eduardo Santillán Pérez (MORENA).

El diputado Jorge Gaviño, quien reservó los artículos 35 y 23 transitorio, se manifestó en contra de la reelección del magistrado presidente del TSJ, ya que consideró un exceso permanecer ocho años en este cargo, “no estamos de acuerdo con reelección alguna”.

Por su parte, el diputado Guillermo Lerdo de Tejada, quien reservó el artículo 35, se refirió al proceso de elaboración y aprobación del presupuesto del Poder Judicial, y propuso que el proyecto de presupuesto sea elaborado por el Consejo de la Judicatura y sometido a la aceptación del pleno del Tribunal Superior de Justicia.

Finalmente, el diputado Eduardo Santillán sugirió adicionar al artículo 35 que la persona que presida el Tribunal Superior de Justicia también presidirá el Consejo de la Judicatura, “lo que pretendemos con esto es darle unidad de dirección, de conducción al Tribunal, a efecto de que tanto la función jurisdiccional como la función administrativa o de vigilancia”.

Las tres reservas fueron aprobadas por el pleno, y posteriormente el dictamen se aprobó por unanimidad, con 52 votos a favor y cero en contra.

Armonización de la Ley Orgánica del Poder Judicial con la Constitución local

Por otra parte, el pleno del Congreso capitalino aprobó por unanimidad un dictamen por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, para armonizarlas con las modificaciones a la Constitución local recién establecidas.

El diputado Alberto Martínez Urincho, a nombre de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y la de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, explicó algunas de las reflexiones y consideraciones realizadas en este proceso de dictaminación.

“La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, en el artículo 38 reconoce que la persona magistrada que presida al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, durará en su encargo cuatro años y que se podrá reelegir por una sola ocasión para otro periodo igual e inmediato”, señaló.

Sin embargo, explicó que después de analizar las diversas legislaciones locales y federal, se determinó que cuatro años “es un periodo razonable para la Presidencia del Poder Judicial y que este periodo contribuye no sólo a la estabilidad del Poder Judicial, sino que además con ello se descontamina la politización en los procesos de designación y se abona a la independencia de los integrantes del Poder Judicial, fortaleciendo los principios de proporcionalidad y razonabilidad jurídica”.

Comentó que en las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley Orgánica del Congreso local, se prescinde de las atribuciones que tenía el Consejo Judicial Ciudadano para designar a los integrantes del Consejo de la Judicatura, “con ello se atiende a la independencia del Poder Judicial y la posibilidad de designar por el voto de las dos terceras partes de las diputadas y los diputados presentes del Congreso, a dos consejeros de la Judicatura de la Ciudad de México, se contribuye a mejorar el equilibrio entre los poderes”.

Agregó que este dictamen confiere al Congreso capitalino la facultad de designar por mayoría calificada de las dos terceras partes de las diputadas y diputados presentes en la respectiva sesión, a dos integrantes del Consejo de la Judicatura, “con lo cual vamos a lograr precisamente un exacto equilibrio entre esos poderes”.

El dictamen se aprobó en lo general, con 55 votos a favor, con las reservas presentadas por los diputados Guillermo Lerdo (PRI), Jorge Gaviño (PRD), Nazario Norberto (MORENA) y Diego Garrido (PAN), todas tendientes a homologar la Ley Orgánica del Poder Judicial con las modificaciones realizadas a la Carta Magna local.

El diputado Guillermo Lerdo explicó que su reserva al artículo 218 refiere también al procedimiento para la elaboración del presupuesto, para que corresponda con la modificación realizada anteriormente al artículo 35 de la Constitución local.

En su intervención, el diputado Jorge Gaviño propuso cambiar el nombre del dictamen y reservó el artículo 38, para homologar la Ley Orgánica del Poder Judicial con la Constitución local, y eliminar la posibilidad de reelección.

El diputado Nazario Norberto reservó el artículo 210 y el tercero transitorio, para homologar la ley, y establecer que quien presida el Tribunal Superior de Justicia presida también el Consejo de la Judicatura, y evitar la posibilidad de reelección.

Por su parte, el diputado Diego Garrido se refirió al artículo 218, para homologar su contenido con lo establecido en el artículo 35 de la Constitución local, que refiere a las facultades del Consejo de la Judicatura.

Todas estas reservas fueron aprobadas, y el dictamen se aprobó finalmente en lo general y en lo particular con los artículos reservados, con 44 votos a favor y cero en contra.

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