SCJN avala embargo de Afore para pagar pensión alimenticia: requisitos y alcances - NTCD Noticias
Jueves 26 de marzo de 2026

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SCJN avala embargo de Afore para pagar pensión alimenticia: requisitos y alcances

SCJN avala embargo de Afore para pagar pensión alimenticia: requisitos y alcances

SCJN avala embargo de Afore para pagar pensión alimenticia: requisitos y alcances

_ La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio jurídico que permite el embargo de recursos de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) para garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad. Esta medida, considerada excepcional, aplica únicamente cuando la persona obligada al pago se encuentra desempleada y carece de otros bienes o ingresos económicos para cumplir con esta responsabilidad. La resolución judicial correspondiente que ordene el embargo es un requisito indispensable. La Corte analizó la regla general que establece la inembargabilidad de los recursos en las Afore, contenida en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y determinó que dicha protección no es absoluta. El fallo prioriza el interés superior de la niñez y el derecho fundamental de los menores a recibir alimentos. El criterio judicial especifica un orden preciso para ejecutar el embargo. En primer lugar, se considerarían las aportaciones voluntarias del trabajador, pero solo sobre el monto que exceda ciertos límites legales. Si este saldo fuera insuficiente, se procedería con recursos específicos dentro de la subcuenta principal. Solo podrían embargarse los fondos correspondientes a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez que sean equivalentes a lo que el trabajador podría retirar legalmente en caso de desempleo. Esto significa que no se puede disponer del total del ahorro para el retiro, sino únicamente de una porción limitada y bajo estricta supervisión judicial. El proceso establece que la institución administradora (Afore) deberá realizar pagos periódicos, generalmente semanales, directamente para cubrir la pensión del menor. Este mecanismo continuará hasta que el deudor consiga empleo o hasta que se agoten los recursos disponibles en las subcuentas sujetas al procedimiento. La SCJN fundamentó su decisión en la necesidad imperante de proteger los derechos alimentarios de niñas, niños y adolescentes por encima del principio general sobre los ahorros previsionales. La resolución habilita así un mecanismo legal extraordinario ante casos graves e incumplimiento reiterado.


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