Nacional por: Equipo de redacción Reformas para evitar proliferación de asentamientos humanos irregulares 2014-09-02


a€¢ Avalan régimen de responsabilidades contra autoridades locales que permitan fraccionamientos fuera de norma

a€¢ Nuevas disposiciones para regularizarlos; crean subcomisión de Movilidad Sustentable


Con el propósito de desincentivar y evitar la proliferación de asentamientos humanos irregulares, así como castigar a las autoridades que lo permitan, la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial aprobó diversas modificaciones a la ley respectiva.

El documento, que modifica los artículo 2, 7, 8, 9, 32, 33, 36 41, 45, 45 Bis y 57 de la Ley General de Asentamientos Humanos, establece que corresponderá a los estados establecer un régimen de responsabilidades expreso para las autoridades locales que permitan la ocupación irregular de la tierra o autoricen fraccionamientos, lotificaciones, subdivisiones o construcciones en áreas que no cumplan con las disposiciones jurídicas aplicables y con los planes y normas vigentes, contemplando sanciones administrativas, civiles y penales.

Además, se considerarán como delitos las conductas de sujetos privados o públicos que promuevan o se beneficien con la ocupación irregular de esas áreas o predios.

Precisa que serán asentamientos humanos irregulares todos aquellos núcleos de población ubicados en áreas o predios fraccionados, lotificados o subdivididos sin la autorización correspondiente, cualquiera que sea su régimen de tenencia de la tierra.

Añade que corresponderá a los municipios impedir la expansión física desordenada de los centros de población, sin la suficiente, adecuada y efectiva cobertura de equipamiento, infraestructura y servicios urbanos de calidad; esto también deberá establecerse en las legislación estatales.

Menciona que cuando se pretenda realizar alguna obra fuera de los límites de un centro de población, deberán contar con un programa aprobado de desarrollo urbano que regule las obras de las que se traten, sin perjuicio de los requerimientos de impacto ambiental y cambio de uso de suelo que sean precedentes.

Enfatiza que cuando se inicien obras que no cumplan con lo antes dispuesto serán clausuradas.

También, indica que corresponderá a los gobiernos federal, estatales y municipales el establecer mecanismos de coordinación tendientes a la regularización de los asentamientos humanos, entendidas como mejoramiento, conforme al plan o programa de desarrollo urbano aplicable.

De igual forma, los tres niveles de gobierno realizarán acciones conjuntas para promover y facilitar la obtención y regularización de escrituras públicas o títulos de propiedad a favor de posesionarios legítimos, ubicados en asentamientos regulares de los centros de población.

Por último, estipula que cualquier persona podrá exigir que se apliquen las medidas de seguridad pertinentes cuando se lleven a cabo construcciones, fraccionamientos, condominios, cambios de uso de suelo u otros aprovechamientos de inmuebles que contravengan las disposiciones jurídicas de desarrollo urbano.

Subcomisión de movilidad sustentable

Previamente, la comisión aprobó la creación de la Subcomisión de Movilidad Sustentable, la cual será presidida por la diputada Rosa Elba Pérez Hernández (PVEM).