_
La iniciativa de adicionar un artículo 211 ter al Código Penal capitalino fue presentada por el diputado Nazario Norberto (MORENA); “México ocupa el octavo lugar a nivel mundial de este delito”.
El diputado Eleazar Rubio (MORENA) propuso adicionar una fracción VI al artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para evitar que imputados en procesos penales utilicen nombres falsos.
El robo de identidad, uno de los nuevos delitos cometidos en las sociedades contemporáneas, será tipificado claramente en el Código Penal de la Ciudad de México y las penas se incrementarán cuando se cometa a través de cualquier medio electrónico.
El diputado Nazario Norberto Sánchez, integrante del grupo parlamentario de MORENA, planteó reformar y adicionar el artículo 211 ter del Código Penal capitalino ante el incremento de ese delito.
“El delito de robo de identidad va en aumento día con día. Según datos del Banco de México, nuestro país ocupa el octavo lugar a nivel mundial de este delito”, aseguró el legislador ante el pleno del Congreso.
Detalló que en 67 por ciento de los casos el robo de identidad se da por pérdida de documentos, en 63 por ciento por robo de carteras y portafolios y en 53 por ciento por información tomada directamente de tarjetas bancarias.
Aseguró que la realización de operaciones vía internet ha incrementado las oportunidades de cometer el delito de usurpación de identidad, “con una evidente falta de legislación y actualización en esta materia”.
“Con la finalidad de sancionar esta conducta, que es realizada por dispositivos o medios electrónicos y computadoras, se realiza la presente propuesta de iniciativa de ley que pretende adicionar el artículo 211 ter del Código Penal de la Ciudad de México, como agravante en materia de usurpación de identidad cuando se realice mediante el uso de tecnología”, expuso Nazario Norberto.
El artículo 211 ter propuesto señala: “Las penas anteriores se aumentarán en una tercera parte a quien sin el permiso de quien deba darlo o a través de algún sistema o equipo de informática, base de datos, sistema de cómputo, red de computadoras o cualquier medio o dispositivo electrónico, usurpe con fines ilícitos la identidad de otra persona u otorgue su consentimiento para llevar a cabo la usurpación de su identidad”.
Esta iniciativa fue turnada para su análisis y dictamen a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.