Plantean modificar el Código Nacional de Procedimientos Penales para evitar que imputados usen nombres falsos

El diputado Eleazar Rubio Aldarán presentó, por su parte, una iniciativa para adicionar la fracción VI al artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales y garantizar así que se acredite correctamente la identidad de los imputados en algún delito y evitar que se usen nombres falsos en procesos penales.
El legislador del grupo parlamentario de MORENA explicó que es común que las personas que cometen un delito y son detenidas en flagrancia ocupen nombres falsos, diferentes al señalado en su acta de nacimiento o documento migratorio, cuando son requeridos por el agente del Ministerio Público a proporcionar sus datos de identificación, para evitar que su nombre real tenga antecedentes penales y quede en registros de la Procuraduría General de Justicia, en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia y en archivos del órgano administrativo desconcentrado de prevención y readaptación social.
“Esta problemática se debe a que no existe disposición legal alguna que exija a la fiscalía, al momento de realizar una detención por el delito y que se actuó en flagrancia, se corrobore e investigue algo básico y fundamental dentro de una indagatoria, como el nombre proporcionado por el imputado”, expresó Rubio Aldarán.
Explicó que el artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece las circunstancias que el juez debe tomar en cuenta para decidir si está garantizada o no la comparecencia del imputado en el proceso y evitar la sustracción del mismo de la justicia, “por lo que consideramos necesario prever esta circunstancia con el objetivo de dar certeza jurídica al proceso y con ello erradicar la impunidad de la que se duele el país”.
“En la actualidad contamos con las herramientas tecnológicas e institucionales necesarias para eliminar estas deficiencias y verificar la autenticidad de los documentos oficiales de identificación. Resulta necesario tener la certeza que se va a procesar a quien realmente cometió el delito”, aseguró.
Esta iniciativa, que adiciona la fracción VI al artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales, fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para su análisis y dictaminación.
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