Senado avala retiro de reserva sobre expulsión de extranjeros
_ Por unanimidad, la Cámara de Senadores aprobó el retiro de la reserva de México al artÃculo Sexto de la Convención sobre Condiciones de los Extranjeros, a fin de hacer efectivo y congruente el compromiso de nuestro paÃs para proteger a todos los extranjeros que están bajo su jurisdicción.
Dicha disposición internacional, avalada por el Senado el 2 de diciembre de 1930, establece que los Estados pueden, por motivo de orden o de seguridad pública, expulsar al extranjero domiciliado, residente o simplemente de paso por su territorio, asà como su obligación de recibir a los nacionales que, expulsados del extranjero, se dirijan a su territorio.
El Gobierno mexicano, se agrega en el dictamen que se aprobó con 82 votos a favor, se reservó este artÃculo para que dicho derecho fuera “siempre ejercido por México en la forma y con la extensión establecidas por su Ley Constitucionalâ€.
Esta medida, se destaca, respondió a la necesidad de evitar contrariar lo dispuesto por el entonces artÃculo 33 de la Carta Magna, que establecÃa hasta el año 2000 que estas personas tienen derecho a las garantÃas constitucionales, pero “el Ejecutivo de la Unión tendrá la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue convenienteâ€.
Sin embargo, con la reforma constitucional del 10 de junio de 2011, “los extranjeros gozarán de los derechos humanos y garantÃas que reconoce esta Constitución, y el Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, asà como el lugar y tiempo que dure la detenciónâ€.
Por ello, los senadores coincidieron con la decisión del Ejecutivo federal para retirar esta reserva, toda vez que resulta “innecesaria y obsoletaâ€.
Con ello, reiteró la senadora Angélica de la Peña Gómez, el Estado mexicano podrá, sólo por motivos de orden o de seguridad pública, expulsar a personas extranjeras domiciliadas, residentes o simplemente de paso por nuestro territorio, quedando obligado a recibir a los ciudadanos mexicanos que han sido expulsados en otro paÃs.
La senadora perredista y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos expresó que esta decisión representa un acto de congruencia elemental, pero aún hace falta reglamentar el artÃculo 33.
En tanto, la senadora Gabriela Cuevas Barron destacó que el retiro de la reserva, además de estar en sintonÃa con los principios constitucionales de pro persona y progresividad, constituye un reconocimiento esencial de las personas extranjeras al debido proceso y a la protección procesal efectiva en casos de desaparición forzada.
Esta acción del Estado mexicano, enfatizó la titular de la Comisión de Relaciones Exteriores, debe ser leÃda en el contexto que vive nuestro paÃs, como una nación de tránsito y receptor de flujos migratorios.
Por último, la senadora perredista Dolores Padierna Luna señaló que para que estos ordenamientos no queden en buenas intenciones y puedan traducirse en preceptos jurÃdicos operativos y eficaces es indispensable su ley reglamentaria.
Luego de su aprobación el dictamen se remitió al Ejecutivo Federal.
Dicha disposición internacional, avalada por el Senado el 2 de diciembre de 1930, establece que los Estados pueden, por motivo de orden o de seguridad pública, expulsar al extranjero domiciliado, residente o simplemente de paso por su territorio, asà como su obligación de recibir a los nacionales que, expulsados del extranjero, se dirijan a su territorio.
El Gobierno mexicano, se agrega en el dictamen que se aprobó con 82 votos a favor, se reservó este artÃculo para que dicho derecho fuera “siempre ejercido por México en la forma y con la extensión establecidas por su Ley Constitucionalâ€.
Esta medida, se destaca, respondió a la necesidad de evitar contrariar lo dispuesto por el entonces artÃculo 33 de la Carta Magna, que establecÃa hasta el año 2000 que estas personas tienen derecho a las garantÃas constitucionales, pero “el Ejecutivo de la Unión tendrá la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue convenienteâ€.
Sin embargo, con la reforma constitucional del 10 de junio de 2011, “los extranjeros gozarán de los derechos humanos y garantÃas que reconoce esta Constitución, y el Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, asà como el lugar y tiempo que dure la detenciónâ€.
Por ello, los senadores coincidieron con la decisión del Ejecutivo federal para retirar esta reserva, toda vez que resulta “innecesaria y obsoletaâ€.
Con ello, reiteró la senadora Angélica de la Peña Gómez, el Estado mexicano podrá, sólo por motivos de orden o de seguridad pública, expulsar a personas extranjeras domiciliadas, residentes o simplemente de paso por nuestro territorio, quedando obligado a recibir a los ciudadanos mexicanos que han sido expulsados en otro paÃs.
La senadora perredista y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos expresó que esta decisión representa un acto de congruencia elemental, pero aún hace falta reglamentar el artÃculo 33.
En tanto, la senadora Gabriela Cuevas Barron destacó que el retiro de la reserva, además de estar en sintonÃa con los principios constitucionales de pro persona y progresividad, constituye un reconocimiento esencial de las personas extranjeras al debido proceso y a la protección procesal efectiva en casos de desaparición forzada.
Esta acción del Estado mexicano, enfatizó la titular de la Comisión de Relaciones Exteriores, debe ser leÃda en el contexto que vive nuestro paÃs, como una nación de tránsito y receptor de flujos migratorios.
Por último, la senadora perredista Dolores Padierna Luna señaló que para que estos ordenamientos no queden en buenas intenciones y puedan traducirse en preceptos jurÃdicos operativos y eficaces es indispensable su ley reglamentaria.
Luego de su aprobación el dictamen se remitió al Ejecutivo Federal.