Plantean nueva ley federal contra la tortura
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• Iniciativa prevé conceder facultades a la CNDH para supervisar sistema penitenciario y órganos de procuración de justicia
• Contempla eliminar causas excluyentes previstas en el artÃculo 29 de la Constitución
Senadores de los grupos parlamentarios del PRD, PRI y PVEM, asà como del Nueva Alianza, propusieron ante la Comisión Permanente la creación de una nueva ley federal contra la tortura, al considerar que es necesario concretar la concordancia entre la legislación actual y las reformas constitucionales en derechos humanos, publicadas el 10 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación.
A nombre de los senadores Lucero Saldaña Pérez y Arely Gómez, del PRI; Pablo Escudero Morales del PVEM; Alejandra Barrales Magdaleno, del PRD; y Mónica Arriola Gordillo, de Nueva Alianza, la senadora Angélica de la Peña Gómez presentó la iniciativa de reforma los artÃculos 1,2, 3, 4, 5 y 6 y se adiciona un artÃculo 2 Bis de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.
De la Peña Gómez, del PRD, expuso que el objetivo de la reforma es cambiar la denominación del marco normativo por Ley Federal para prevenir, sancionar y erradicar la tortura, a fin de que se incluyan programas y acciones que permitan eficazmente eliminar esta práctica en centros penitenciarios y de readaptación social, asà en acciones instancias de procuración de justicia.
Para tal efecto, se plantea conceder facultades a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para realizar visitas y supervisiones a los centros penitenciarios y a los órganos dependientes del Ejecutivo federal encargados de la procuración de Justicia.
Con lo anterior, consideró, se logrará eliminar la tortura durante el arresto, detención, prisión o cualquier otra medida cautelar; incrementar las sanciones a funcionarios públicos y particulares que cometan dicho ilÃcito.
Destaca que no se considerarán como causas excluyentes de responsabilidad del delito de tortura los supuestos previstos en el artÃculo 29 de la Constitución, el cual refiere que el Ejecutivo, con la aprobación del Congreso, podrá suspender derechos y garantÃas en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.
• Iniciativa prevé conceder facultades a la CNDH para supervisar sistema penitenciario y órganos de procuración de justicia
• Contempla eliminar causas excluyentes previstas en el artÃculo 29 de la Constitución
Senadores de los grupos parlamentarios del PRD, PRI y PVEM, asà como del Nueva Alianza, propusieron ante la Comisión Permanente la creación de una nueva ley federal contra la tortura, al considerar que es necesario concretar la concordancia entre la legislación actual y las reformas constitucionales en derechos humanos, publicadas el 10 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación.
A nombre de los senadores Lucero Saldaña Pérez y Arely Gómez, del PRI; Pablo Escudero Morales del PVEM; Alejandra Barrales Magdaleno, del PRD; y Mónica Arriola Gordillo, de Nueva Alianza, la senadora Angélica de la Peña Gómez presentó la iniciativa de reforma los artÃculos 1,2, 3, 4, 5 y 6 y se adiciona un artÃculo 2 Bis de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.
De la Peña Gómez, del PRD, expuso que el objetivo de la reforma es cambiar la denominación del marco normativo por Ley Federal para prevenir, sancionar y erradicar la tortura, a fin de que se incluyan programas y acciones que permitan eficazmente eliminar esta práctica en centros penitenciarios y de readaptación social, asà en acciones instancias de procuración de justicia.
Para tal efecto, se plantea conceder facultades a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para realizar visitas y supervisiones a los centros penitenciarios y a los órganos dependientes del Ejecutivo federal encargados de la procuración de Justicia.
Con lo anterior, consideró, se logrará eliminar la tortura durante el arresto, detención, prisión o cualquier otra medida cautelar; incrementar las sanciones a funcionarios públicos y particulares que cometan dicho ilÃcito.
Destaca que no se considerarán como causas excluyentes de responsabilidad del delito de tortura los supuestos previstos en el artÃculo 29 de la Constitución, el cual refiere que el Ejecutivo, con la aprobación del Congreso, podrá suspender derechos y garantÃas en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.