Entran en vigor todas las obligaciones de la Ley Silla: STPS vigilará cumplimiento desde diciembre 2025 - NTCD Noticias
Martes 16 de diciembre de 2025

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Entran en vigor todas las obligaciones de la Ley Silla: STPS vigilará cumplimiento desde diciembre 2025

Entran en vigor todas las obligaciones de la Ley Silla: STPS vigilará cumplimiento desde diciembre 2025

Entran en vigor todas las obligaciones de la Ley Silla: STPS vigilará cumplimiento desde diciembre 2025

_ A partir del 15 de diciembre de 2025, todas las disposiciones de la llamada Ley Silla son plenamente exigibles para los centros de trabajo en México. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que con esta fecha culmina la entrada en vigor del marco normativo derivado del Decreto publicado el 19 de diciembre de 2024 y de las Disposiciones sobre factores de riesgos para trabajadores en bipedestación, publicadas el 17 de junio de 2025.

Entre las obligaciones ahora exigibles destaca la provisión obligatoria de asientos o sillas con respaldo para las personas trabajadoras que realizan sus actividades de pie. El mobiliario debe ubicarse en el propio puesto de trabajo, permitiendo alternar entre estar de pie y sentarse sin interrumpir las labores. Cuando por la naturaleza de las tareas esto no sea posible, el patrón deberá proporcionar sillas con respaldo en un área cercana, acordando con los trabajadores el número y duración de pausas para garantizar el derecho efectivo al descanso.

Paralelamente, también será exigible que los centros laborales hayan modificado su Reglamento Interior de Trabajo (RIT) incorporando tres elementos clave: los factores de riesgo a los que están expuestas las personas trabajadoras en bipedestación; las pausas durante la jornada laboral a las que tienen derecho; y la ubicación y disponibilidad específica de los asientos o sillas con respaldo dentro del centro.

La STPS anunció que incorporará la verificación del cumplimiento dentro su Programa Anual de Inspección para 2026. La dependencia exhorta a patrones y centros laborales del sector industrial, comercial y servicios a cumplir cabalmente, destacando que estas medidas fortalecen la prevención, reducen fatiga y lesiones musculoesqueléticas, y contribuyen al bienestar y productividad. Con esta acción, refrenda su compromiso con la dignificación del trabajo y la promoción espacios laborales seguros.

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