_ En una resolución por mayoría de votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el fiscal general del estado de Morelos no puede ser procesado por delitos federales debido a su fuero constitucional. La controversia constitucional 151/2021 generó polémica debido a la falta de probidad y sospechas sobre la actuación del fiscal, lo que ha provocado un clima de impunidad y desgobierno en la entidad.
Resulta sorprendente que la SCJN haya resuelto esta controversia después de 20 meses de haber sido admitida, justo una semana después de que la Fiscalía General de la República (FGR) solicitara la imputación y vinculación a proceso del fiscal de Morelos. Además, el juez de control a cargo de la causa no ha atendido la solicitud de la FGR de fijar fecha y ordenar la comparecencia del fiscal a la audiencia inicial.
Es importante destacar que el fuero constitucional del fiscal de Morelos solo aplica para delitos federales, no para delitos del fuero común. La FGR ha atraído las carpetas de investigación por delitos contra la procuración y administración de justicia, en virtud de las cuales el fiscal podría ser investigado y procesado.
La Constitución Política de Morelos establece que no se requiere un pronunciamiento del Congreso local para proceder penalmente contra el fiscal general del estado. Por lo tanto, la FGR tiene facultades para investigar y perseguir delitos del fuero común en su contra, y el juez de control debe cumplir con su obligación de proceder conforme a derecho.
No se puede permitir que las autoridades encargadas de impartir justicia sean protegidas e impunes cuando está en juego la seguridad y protección de los ciudadanos. Es fundamental garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en estos casos.
