_ El gobierno capitalino publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, las modificaciones al Código Civil, en las que se elimina el requisito de tener un año de matrimonio para poder divorciarse.
Ahora sólo bastara con que cualquiera de las partes acuda al Juzgado correspondiente para iniciar el trámite del divorcio.
De esta manera, el artículo 266 del Código Civil establece que: “el divorcio disuelve el vinculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Podrá solicitarse por uno o ambos cón-yuges, cuando cualquiera de ellos lo reclame ante la autoridad judicial, manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita”.
También fue modificado el artículo 272 de dicho código, el cual señala que el divorcio administrativo se hará válido cuando los cónyuges sean mayores de edad y no exista un embarazo de por medio, entre otros factores.