Confirma TECDMX destitución de dirigente de MORENA - NTCD Noticias
Jueves 28 de marzo de 2024

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Confirma TECDMX destitución de dirigente de MORENA

Confirma TECDMX destitución de dirigente de MORENA

Confirma TECDMX destitución de dirigente de MORENA

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Existen circunstancias que evidencian supuestos actos de violencia de género que probablemente vulneraron la dignidad de una militante, por lo que en el proyecto se analizaron los argumentos bajo un enfoque de esa naturaleza

El Pleno del Tribunal Electora de la Ciudad de México (TECDMX) confirmó la sanción dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido político Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), por la cual se destituyó de su cargo a un dirigente de dicho instituto político.

Asimismo, ordenó modificar la resolución impugnada únicamente en cuanto a la reparación del daño, debido a que en el proyecto se advierte que la Comisión Nacional impuso como sanción una disculpa pública del demandante a la agraviada, sin embargo, conforme a los estándares internacionales, debe ser considerada como una medida reparativa previa consulta a la víctima sobre las condiciones bajo las cuales deberá realizarse, a fin de evitar su revictimización.

En cuanto al agravio señalado por el demandante de que con la resolución impugnada se transgredió en su perjuicio su derecho al honor y a la imagen, las y los Magistrados consideraron infundado porque no quedó acreditado que la autoridad partidista hubiera realizado alguna descalificación en su perjuicio, por el contrario, acreditó conductas transgresoras de la normativa intrapartidista.

Al resolver el juicio TECDMX-JLDC-598/2017, también, declararon infundado el agravio relativo a que la resolución impugnada afectó el derecho de libre afiliación en relación con el de voto pasivo del actor, porque estos derechos fundamentales no son absolutos ni ilimitados, por lo que si de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos, estos institutos deben contar con procedimientos disciplinarios internos para verificar las infracciones a su normativa, y en el caso se demostró que la parte actora vulneró esas normas, por lo que es válido se le sancione con la destitución del cargo.

Además, se establece que no existe ninguna vulneración al derecho a ser votado porque no se le impide al demandante participar en los procesos internos de selección de candidatas y candidatos en MORENA.

Asimismo, al resolver el juicio TECDMX-JLDC-600/2017, el Pleno del TECDMX ordenó a la Comisión de Afiliación del Comité Ejecutivo Nacional del PRD, realizar inmediatamente, esto es en un plazo de 24 horas, a partir de la notificación, las gestiones necesarias para dar de baja a Mauricio Soto Caballero del padrón de personas afiliadas a dicho partido, quien solicitó en diversas ocasiones desde el año 2011 ser dado de baja, pero aún figura en el padrón.

En Sesión Pública se resolvió también declarar acumulados los juicios TECDMX-JEL-036/2017, TECDMX-JEL-039/2017, TECDMX-JEL-040/2017, TECDMX-JEL-041/2017, TECDMX-JEL-042/2017, TECDMX-JEL-043/2017, TECDMX-JEL-044/2017, y se confirmó la emisión de las Convocatorias del Concurso de Oposición abierto para seleccionar personal eventual para el proceso electoral local ordinario 2017-2018 y para la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019 y sus anexos respectivos, que fueron materia de impugnación presentadas por Yolanda Aguilar Hernández y Luisa García Gómez.


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