Proponen sancionar a conductores vehiculares infractores y no sólo a los propietarios de los autos - NTCD Noticias
Viernes 29 de marzo de 2024

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Proponen sancionar a conductores vehiculares infractores y no sólo a los propietarios de los autos

Proponen sancionar a conductores vehiculares infractores y no sólo a los propietarios de los autos

Proponen sancionar a conductores vehiculares infractores y no sólo a los propietarios de los autos

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En ocasiones quien comete la infracción de tránsito no es el propietario del vehículo: diputado Guillermo Lerdo de Tejada.

El diputado Guillermo Lerdo de Tejada Servitje propuso que la sanción por infracciones al Reglamento de Tránsito recaiga sobre el conductor del vehículo que cometa la infracción y no sobre la persona propietaria del automotor.

Durante la sesión de este jueves, el legislador integrante de la bancada del PRI en el Congreso capitalino explicó que la iniciativa incluye modificar un párrafo al artículo 255 de la Ley de Movilidad y se establezca que las sanciones por infracciones al Reglamento deberán recaer sobre el conductor del vehículo que cometa la infracción, salvo cuando se trate de sanciones de carácter económico, en el sentido de que puedan ser cubiertas indistintamente por el propietario o por el infractor.

“Con esta propuesta de ninguna manera se busca ir en contra de un modelo de cambio cultural y de conducta; se trata de contar con las herramientas para que tengan un impacto real. Compartimos los objetivos, queremos esquemas de movilidad seguros, sustentables e incluyentes. Buscamos entornos urbanos que mejoren la calidad de vida de las y los capitalinos, pero tiene que ser con esquemas sólidos que sean legales”, añadió.

Detalló que el actual texto es violatorio de las garantías de igualdad y legalidad, lo anterior derivado de que en muchas ocasiones quien comete una infracción de tránsito no es necesariamente el propietario del vehículo.

En este sentido, opinó que por un lado se pierde el objetivo planteado respecto del cambio de conducta en las personas, ya que el sujeto activo en la comisión de la infracción resulta distinto al que recibe la sanción; y por el otro, se viola el principio sancionador del derecho, respecto a que las conductas típicas son cometidas por un sujeto activo y deben de ser sancionadas de manera personalísima.

“Es fundamental que en el Congreso abramos la discusión de esquemas de regulación vial que permitan aterrizar de manera adecuada este nuevo modelo que se busca. No se trata de debilitarlo, sino fortalecerlo con medios de acción que vayan acorde a sus objetivos”, aseveró Lerdo de Tejada Servitje.


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