Se resuelven impugnaciones de elección de diputaciones locales en Puebla y asuntos de fiscalización en la CDMX - NTCD Noticias
Jueves 28 de marzo de 2024

Inicio

-

Ciudad

-

Se resuelven impugnaciones de elección de diputaciones locales en Puebla y asuntos de fiscalización en la CDMX

Se resuelven impugnaciones de elección de diputaciones locales en Puebla y asuntos de fiscalización en la CDMX

Se resuelven impugnaciones de elección de diputaciones locales en Puebla y asuntos de fiscalización en la CDMX

_
· Se confirma sentencia que confirmó declaración de validez de elecciones de diputaciones local en Huauchinango e Izúcar de Matamoros, Puebla.

La Sala Regional Ciudad de México, confirmó las sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Puebla que confirmó la declaración de validez de las elecciones de diputaciones locales de Mayoría Relativa de los Distritos Electorales 02 y 22 con cabeceras en Huauchinango e Izúcar de Matamoros, respectivamente.

En el caso del Distrito Electoral 02, resuelto en el Juicio de Revisión Constitucional Electoral 192 del año en curso y promovido por Morena, entre otros aspectos, porque contrario a lo sostenido por dicho partido, el Tribunal local sí realizó un análisis de las pruebas del cual concluyó que no se demostraba la nulidad reclamada por Morena, quien no esgrimió razones suficientes ante la Sala Regional, para combatir la valoración hecha por el Tribunal local.

Por cuanto hace al Distrito Electoral 22, controvertido por el PES en el Juicio de Revisión Constitucional Electoral 190 del presente año, se confirmó la sentencia del Tribunal local porque las causas nulidad de la votación recibida en casilla y de elección argumentadas, no se acreditaban con las pruebas aportadas.

· Se ordena nueva resolución en materia de fiscalización del candidato a la alcaldía de Miguel Hidalgo

La Sala Regional Ciudad de México resolvió el Recurso de Apelación 60 de este año y sus acumulados, presentados por el PES, el PAN, el candidato a la alcaldía de Miguel Hidalgo y MORENA, a fin de controvertir del Consejo General del INE, la resolución de la queja en materia de fiscalización iniciada por el PAN contra el mencionado candidato, el dictamen consolidado respecto de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de las candidaturas -entre otras- a las alcaldías en la Ciudad de México, y la resolución relativa a la revisión de ingresos y gastos de campaña.

En dichos asuntos la Sala Regional consideró fundado el agravio del PAN respecto a que la autoridad electoral omitió pronunciarse respecto a 4 eventos no reportados en la agenda del candidato, mismos que no se consideraron de manera específica en la lista de los eventos sobreseídos por el INE.

Además, no existió pronunciamiento respecto del registro contable de la supuesta utilización de diversas casas de campaña supuestamente no reportadas por el candidato, ni se advirtió valoración de las pruebas aportadas al efecto por el PAN.

Respecto a los agravios formulados por el candidato y MORENA, en relación con la omisión de reportar gastos por 13 videos, la responsable no precisó qué debía entenderse por edición “artesanal” ni cuál fue el criterio para diferenciar que 6 videos contaban con trabajos de producción de este tipo, lo que incide en la determinación del costo y reporte correspondiente.

En consecuencia, se revocó parcialmente la Resolución de las Quejas, el Dictamen Consolidado y la Resolución del Dictamen, para que la responsable emita una nueva resolución en la que se precisen los temas omitidos.


Reacciones