Se Activa Contingencia Ambiental Atmosférica Regional
_ La ComisioÌn Ambiental de la MegaloÌpolis informa que debido a la presencia de un sistema de alta presioÌn que afecta al centro del paiÌs y ocasiona estabilidad atmosfeÌrica, viento deÌbil y escasa dispersioÌn de la contaminacioÌn en la regioÌn baja de la atmoÌsfera, con presencia de una inversioÌn teÌrmica de superficie, provocoÌ una concentracioÌn de contaminantes atmosfeÌricos en la Zona Noreste del Valle de MeÌxico, registrando el diÌa de hoy a las 09:00 hr. un valor de 154 puntos en el IÌndice de Calidad del Aire en la estacioÌn Xalostoc, municipio de Ecatepec de Morelos, por lo cual se comunica que se activa Contingencia Regional por PM10 uÌnicamente en la RegioÌn Noreste del Valle de MeÌxico.
Por lo anterior, con fundamento en el Programa de Contingencias Ambientales AtmosfeÌricas de la Zona Metropolitana del Valle de MeÌxico, se Activa la Fase 1 de Contingencia Regional por PartiÌculas PM10 determinando lo siguiente para la Zona Noreste:
Se realizaraÌ la detencioÌn de vehiÌculos de transporte de materiales de construccioÌn sin lona de cobertura y/o que derramen materiales, hasta en tanto la carga sea cubierta.
Se suspenderaÌn las actividades de:
Barrido y corte de pasto aÌreas de camellones, jardines y campos deportivos.
ExplotacioÌn de bancos de materiales peÌtreos.
ConstruccioÌn, demolicioÌn y movimiento de tierras en obras mayores a 5000 m2 de superficie.
Movimiento de materiales generadoras de partiÌculas en comercios de materiales de construccioÌn con capacidad de almacenamiento de maÌs de 50 toneladas a cielo abierto.
Concreteras fijas que no cuenten con equipo de control.
Plantas de asfalto fijas y moÌviles que no cuenten con equipo de control.
Establecimientos que utilicen como combustible leña o carboÌn.
CombustioÌn relacionada con la coccioÌn de ladrillo, ceraÌmica y fundicioÌn en hornos artesanales.
Las fuentes fijas de la industria de jurisdiccioÌn federal y local que tengan procesos de combustioÌn o actividades generadoras de PM10 sin equipos de control de emisiones, quedan obligadas a reducir sus emisiones entre el 30% y 40% sobre su liÌnea base de manera inmediata a la declaratoria de la Fase 1
Adicionalmente:
Las autoridades de traÌnsito y vialidad deberaÌn establecer operativos para agilizar la circulacioÌn vehicular.
Se reforzaraÌ la vigilancia para retirar de la circulacioÌn vehiÌculos ostensiblemente contaminantes.
Se intensificaraÌ la vigilancia para evitar incendios en aÌreas boscosas, agriÌcolas y urbanas, asiÌ como para evitar la quema de cualquier tipo de material o residuo soÌlido o liÌquido a cielo abierto.
Las delegaciones y los municipios, deberaÌn controlar las emisiones fugitivas de polvo originadas en las vialidades mediante barrido huÌmedo o riego con agua tratada.
Recomendaciones para la proteccioÌn a la salud de la poblacioÌn, mientras se mantengan niveles altos de contaminacioÌn en la Zona Noreste:
Se recomienda que niños, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares permanezcan en interiores.
La poblacioÌn en general debe evitar actividades ciÌvicas, culturales, deportivas y de recreo al aire libre.
A los deportistas se les recomienda evitar realizar ejercicio al aire libre.
Evitar fumar
Por lo anterior, con fundamento en el Programa de Contingencias Ambientales AtmosfeÌricas de la Zona Metropolitana del Valle de MeÌxico, se Activa la Fase 1 de Contingencia Regional por PartiÌculas PM10 determinando lo siguiente para la Zona Noreste:
Se realizaraÌ la detencioÌn de vehiÌculos de transporte de materiales de construccioÌn sin lona de cobertura y/o que derramen materiales, hasta en tanto la carga sea cubierta.
Se suspenderaÌn las actividades de:
Barrido y corte de pasto aÌreas de camellones, jardines y campos deportivos.
ExplotacioÌn de bancos de materiales peÌtreos.
ConstruccioÌn, demolicioÌn y movimiento de tierras en obras mayores a 5000 m2 de superficie.
Movimiento de materiales generadoras de partiÌculas en comercios de materiales de construccioÌn con capacidad de almacenamiento de maÌs de 50 toneladas a cielo abierto.
Concreteras fijas que no cuenten con equipo de control.
Plantas de asfalto fijas y moÌviles que no cuenten con equipo de control.
Establecimientos que utilicen como combustible leña o carboÌn.
CombustioÌn relacionada con la coccioÌn de ladrillo, ceraÌmica y fundicioÌn en hornos artesanales.
Las fuentes fijas de la industria de jurisdiccioÌn federal y local que tengan procesos de combustioÌn o actividades generadoras de PM10 sin equipos de control de emisiones, quedan obligadas a reducir sus emisiones entre el 30% y 40% sobre su liÌnea base de manera inmediata a la declaratoria de la Fase 1
Adicionalmente:
Las autoridades de traÌnsito y vialidad deberaÌn establecer operativos para agilizar la circulacioÌn vehicular.
Se reforzaraÌ la vigilancia para retirar de la circulacioÌn vehiÌculos ostensiblemente contaminantes.
Se intensificaraÌ la vigilancia para evitar incendios en aÌreas boscosas, agriÌcolas y urbanas, asiÌ como para evitar la quema de cualquier tipo de material o residuo soÌlido o liÌquido a cielo abierto.
Las delegaciones y los municipios, deberaÌn controlar las emisiones fugitivas de polvo originadas en las vialidades mediante barrido huÌmedo o riego con agua tratada.
Recomendaciones para la proteccioÌn a la salud de la poblacioÌn, mientras se mantengan niveles altos de contaminacioÌn en la Zona Noreste:
Se recomienda que niños, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares permanezcan en interiores.
La poblacioÌn en general debe evitar actividades ciÌvicas, culturales, deportivas y de recreo al aire libre.
A los deportistas se les recomienda evitar realizar ejercicio al aire libre.
Evitar fumar