SENTENCIA DE MÁS DE 500 AÑOS DE PRISIÓN CONTRA DIEZ PERSONAS ACUSADAS POR SECUESTRO

En tanto, una implicada que participó con ellos, acusada de privación de la libertad personal agravado en ofensa de un menor de edad, fue condenada por el impartidor de justicia a 53 años, cuatro meses de cárcel y pago de 76 mil 594 pesos.
De acuerdo con la averiguación previa el 10 de junio de 2010, alrededor de las 19:46 horas, una mujer llamó al padre de uno de los agraviados y le solicitó la asistencia de grúa para trasladar su automóvil presuntamente a la colonia Malinche, delegación Gustavo A. Madero, toda vez que argumentó que su automotor se encontraba descompuesto.
El denunciante contactó a su hijo, quien en ese momento se encontraba en compañía del adolescente a bordo del vehículo de arrastre, y le dio indicaciones para dirigirse al cruce de las avenidas 608 y 603, colonia Aragón, donde se había requerido el servicio.
Posteriormente el hombre contactó a su consanguíneo, vía telefónica, para preguntarle si ya estaban en camino para atender el traslado, a lo que el afectado le respondió que ya llevaban cargado el presunto vehículo; sin embargo, para esos momentos, los agraviados ya habían sido privados de su libertad y eran llevados rumbo a una casa de seguridad.
Tres días después, el adolescente recibió una memoria USB que guardaba una grabación en la que se observaba a la otra víctima, obligada por los captores, pedir a sus familiares que pagaran el rescate; el menor fue liberado en inmediaciones del deportivo Los Galeana, ubicado en la delegación Gustavo A. Madero, a cambio de entregar el dispositivo de almacenamiento a los parientes del secuestrado.
El contenido fue analizado por la Fiscalía Especial para la Atención del Delito de Secuestro (FAS) donde ya se tenía conocimiento del ilícito.
Derivado de los trabajos de gabinete, campo e inteligencia implementados por elementos de la Policía de Investigación (PDI), se logró detener a una de las implicadas, quien mantenía una relación sentimental con uno de los secuestradores, lo que permitió tener información que derivo en la captura de los demás responsables en la colonia Peralvillo.
El agraviado fue liberado por los victimarios el 3 de octubre de 2010.
Esta información se emite en términos del Artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México.
El proceso sobre el que informa este comunicado se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolla de acuerdo al sistema tradicional o mixto.
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