Penal único para combatir la tortura

- Urge en México homologar concepto de tortura, afirma.
- No es exclusiva de autoridades federales, es una práctica generalizada en todo el paÃs, comentó.
La senadora del PRD Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, enfatizó que para erradicar la tortura en el paÃs, es necesario que el Estado mexicano asuma e implemente sus compromisos internacionales y desarrolle los mecanismos necesarios para prevenirla.
Subrayó que en México existen treinta y tres definiciones diferentes y tipos penales del delito de tortura, por lo que consideró urgente homologar la descripción tÃpica de este delito que responda a los compromisos internacionales adquiridos por nuestra nación.
La senadora de la Peña Gómez presentó una iniciativa para lograr un único tipo penal para toda la república mexicana, que contenga los estándares de los instrumentos internacionales en la materia.
Recordó que recientemente el Senado celebró en el estado de Aguascalientes el Foro Internacional sobre Prevención, Investigación y Sanción de la Tortura, durante el cual expertas y expertos coincidieron que el problema de la tortura no es exclusivo de las autoridades federales, toda vez que en todo el paÃs se aplica como forma de obtener confesiones, incriminaciones o informaciones. Se trata, subrayó, de una práctica generalizada por las policÃas y procuradurÃas del paÃs.
Ante esto, comentó que la definición que debe de preponderarse es la contemplada en la norma internacional, ante lo cual se enfrenta a tres definiciones convencionales de las cuales México es parte.
En primer lugar, dijo la senadora, la contenida en la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; seguida de la que se contempla en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; y finalmente la que establece el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional incluidos los elementos del crimen.
Para este propósito, la legisladora propuso reformar los artÃculos 19, 20 y 73 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, entre lo que resalta que el juez pueda ordenar prisión preventiva en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, tortura, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.
Y que el Congreso esté facultado para expedir leyes generales en materias de secuestro, trata de personas, tortura y delitos electorales, que establezcan como mÃnimo, los tipos penales y sus sanciones.
La iniciativa con proyecto de decreto se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Derechos Humanos y Estudios Legislativos, Primera.
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