La Secretaría de Economía informó que México ganó el arbitraje internacional iniciado por Doups Holdings LLC, empresa que en 2022 reclamó más de 600 millones de pesos al amparo del TLCAN. En septiembre de 2026, el Tribunal Arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), organismo del Banco Mundial, resolvió el caso a favor del Estado mexicano al determinar que carecía de jurisdicción para conocer las reclamaciones de Doups y desestimó el arbitraje en su totalidad.

El tribunal concluyó que Doups había aceptado ser considerada mexicana respecto de su inversión, no acreditó el control de la empresa mexicana Pagomet, no podía reclamar sus pérdidas como propias e incumplió requisitos indispensables previstos en el TLCAN antes de iniciar un arbitraje. Asimismo, ordenó a Doups pagar a México más de un millón de dólares por concepto de gastos y costos.

Doups argumentó ser un inversionista estadounidense que, a través de Pagomet, contaba con concesiones para la instalación y operación de parquímetros en Ciudad de México. La reclamación se basó en una supuesta afectación a sus inversiones debido a la revocación de tales concesiones por parte de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México.

Desde el inicio del arbitraje, México sostuvo que la reclamación presentaba serias deficiencias, en específico con la conformación de la empresa filial que aparentemente sufrió los daños, con la nacionalidad y control de tal filial, así como con requisitos procesales para acceder al arbitraje. La defensa mexicana se centró en demostrar que esas deficiencias impedían al Tribunal Arbitral resolver la controversia a la luz del TLCAN.

La defensa jurídica del Estado mexicano fue encabezada por la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con el apoyo de Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP. A lo largo del arbitraje se contó con el apoyo institucional de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México.

El laudo se puede consultar en el sitio web del CIADI, donde también se encuentra disponible información adicional sobre este arbitraje.