ORDENA TECDMX INICIAR PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR A DIPUTADOS DE ACCIÓN NACIONAL

Comisión Permanente de Asociaciones Políticas del IECM deberá emitir determinaciones sobre adopción de medidas cautelares
El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) revocó el acuerdo emitido por la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, el pasado 4 de septiembre de 2017, en el que determinó improcedente la adopción de medidas cautelares así como el no inicio de un procedimiento administrativo sancionador, contra dos diputados federales y uno local.
A su vez, ordenó a la citada Comisión iniciar el Procedimiento Especial Sancionador y emitir las determinaciones debidamente fundadas y motivadas sobre la adopción de medidas cautelares.
Esto debido al juicio electoral TECDMX-JEL-034/2017, promovido por Esteban Ruiz Carballido, en torno a la propaganda consistente en la pinta de bardas y espectaculares con la difusión de los módulos de atención ciudadana de los diputados, así como la promoción de una revista digital, en la que aparece uno de los legisladores federales.
En la sesión de este miércoles, el Pleno resolvió además, el juicio TEDF-JLDC-046/2017, promovido por Humberto Martínez Noria y otros ciudadanos, en el que se sobreseyó el juicio respecto a la convocatoria de la Consulta Ciudadana para designar al Coordinador o Coordinadora territorial del pueblo de San Andrés Mixquic, en la Delegación Tláhuac.
Al tiempo que confirmó la elección del Coordinador Territorial del citado Pueblo, celebrada el 21 de mayo de 2017.
En cuanto al juicio TECDMX-JLDC-583/2017, las y los Magistrados determinaron sobreseer el juicio por lo que hace al ciudadano José Luis Torres Ortega y por lo que hace al proceso de modificación estatutaria del Partido Humanista.
Y confirmó la resolución intrapartidista de 5 de septiembre del año en curso emitida por la Comisión Estatal de Conciliación y Orden de dicho partido en el expediente 07/2017.
Finalmente, en la Sesión Pública se confirmó el acuerdo general del Instituto Electoral de la Ciudad de México en el que se aprueban los lineamientos para recabar y presentar el apoyo de la ciudadanía para las y los aspirantes a cargo de elección popular sin partido, mediante el uso de la aplicación móvil en el proceso electoral local ordinario 2017-2018.
Y ordenó a dicho Instituto que verifique los posibles casos de excepción y posibles fallas que presenta el uso de la aplicación móvil con el fin de que emita las medidas correspondientes que en derecho procedan, dentro de un plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia. Esto luego del juicio promovido por Hugo Rodríguez Barroso, en el expediente TECDMX-JLDC-588/2017.
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