Argentina; Pensión adicional para los pioneros de la Antártida
_ Fue promulgada la Ley Nº 26.907 que otorga una pensión equivalente al setenta por ciento (70%) del “Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida†(artÃculo 2° inciso c) de la Ley 23.547) a aquellos hombres integrantes del Grupo Aéreo 1 Antártida que alcanzó el Polo Sur el 19 de febrero de 1961.
Por Decreto 2027/2013 ya publicado en el BoletÃn Oficial, fue promulgada la Ley Nº 26.907 que otorga una pensión cuyo monto será equivalente al setenta por ciento (70%) del “Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida†(artÃculo 2° inciso c) de la ley 23.547) a aquellos hombres integrantes del Grupo Aéreo 1 Antártida que alcanzó el Polo Sur el 19 de febrero de 1961.
La Ley 26.907 fue sancionada el 13 de noviembre último y modifica el artÃculo 1° de la ley 26.008, estableciendo que se otorgue dicha pensión.
Además del grupo de referencia, afecta también a los integrantes de las expediciones terrestres “Invernal Antártica entre la Base Esperanza y la Base General San MartÃnâ€, “Antártica Terrestre por la Barrera de Hielos Filchtner†y a los de la primera dotación anual (1969/1970) de la Base Marambio -quienes continuaron en las mismas condiciones y hábitat las tareas iniciadas por la Patrulla SoberanÃa- y a aquellos hombres de la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el Polo Sur el 10 de diciembre de 1965.
Asimismo, dicho beneficio y los de la Ley 19.659 se hicieron extensivos a los doce (12) tripulantes de los aviones CTA 12 y CTA 15 de la Armada Argentina (Aviación Naval Argentina), quienes con fecha 6 de enero de 1962 aterrizaron en el Polo Sur, y a los doce (12) integrantes de la Primera Escuadrilla de la Fuerza Aérea Argentina que alcanzó dicho punto geográfico el 3 de noviembre de 1965, realizando el 11 de noviembre del mismo año el primer doble vuelo transpolar.
Igualmente, la norma comprende a los veintiún (21) integrantes de la Patrulla SoberanÃa, que dio origen a la fundación de la Base Marambio el 29 de octubre de 1969.
Por Decreto 2027/2013 ya publicado en el BoletÃn Oficial, fue promulgada la Ley Nº 26.907 que otorga una pensión cuyo monto será equivalente al setenta por ciento (70%) del “Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida†(artÃculo 2° inciso c) de la ley 23.547) a aquellos hombres integrantes del Grupo Aéreo 1 Antártida que alcanzó el Polo Sur el 19 de febrero de 1961.
La Ley 26.907 fue sancionada el 13 de noviembre último y modifica el artÃculo 1° de la ley 26.008, estableciendo que se otorgue dicha pensión.
Además del grupo de referencia, afecta también a los integrantes de las expediciones terrestres “Invernal Antártica entre la Base Esperanza y la Base General San MartÃnâ€, “Antártica Terrestre por la Barrera de Hielos Filchtner†y a los de la primera dotación anual (1969/1970) de la Base Marambio -quienes continuaron en las mismas condiciones y hábitat las tareas iniciadas por la Patrulla SoberanÃa- y a aquellos hombres de la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el Polo Sur el 10 de diciembre de 1965.
Asimismo, dicho beneficio y los de la Ley 19.659 se hicieron extensivos a los doce (12) tripulantes de los aviones CTA 12 y CTA 15 de la Armada Argentina (Aviación Naval Argentina), quienes con fecha 6 de enero de 1962 aterrizaron en el Polo Sur, y a los doce (12) integrantes de la Primera Escuadrilla de la Fuerza Aérea Argentina que alcanzó dicho punto geográfico el 3 de noviembre de 1965, realizando el 11 de noviembre del mismo año el primer doble vuelo transpolar.
Igualmente, la norma comprende a los veintiún (21) integrantes de la Patrulla SoberanÃa, que dio origen a la fundación de la Base Marambio el 29 de octubre de 1969.