Cada año, se desperdician 9.8 millones de toneladas de alimentos

Torres Cantú propone expedir una ley general para fomentar donación altruista
Sancionar con multa de 100 a 300 dÃas de salario mÃnimo a empleados de bancos de vÃveres que desvÃen su distribución
El diputado Daniel Torres Cantú (PRI) sostuvo que a pesar de que el 23.4 por ciento de la población no tiene acceso a una dieta adecuada, cerca de 27 mil toneladas de alimentos se desperdician diariamente; es decir, 9.8 millones cada año se van a la basura, de acuerdo con cifras de la Confederación Nacional de Comerciantes de Centrales de Abasto.
El legislador agregó que según datos del Grupo Técnico de Pérdidas y Mermas de Alimentos, de la Cruzada Nacional Contra el Hambre, que desarrolló el Ãndice de desperdicio de alimentos en México, se estima que cerca del 37 por ciento de comestibles que se producen en el paÃs no son utilizados, es decir, 30 mil toneladas de perecederos al dÃa.
Los Bancos de Alimentos de México manifiestan que al año se desechan más de 250 mil toneladas de jitomate y 800 mil de pan.
Torres Cantú apuntó que en contraste, el Consejo Nacional de Evaluación de la PolÃtica de Desarrollo Social (Coneval) establece que en el año 2014, 28 millones de mexicanos carecieron de acceso a la alimentación.
Ante este panorama, consideró fundamental expedir la Ley General para fomentar la Donación Altruista de Alimentos, a fin de contribuir a la satisfacción de las necesidades de la población en situación de vulnerabilidad o pobreza alimentaria.
Detalló que este ordenamiento busca establecer la coordinación entre la Federación y los estados para promover, orientar y regular las donaciones de alimentos sustentables para consumo humano.
La SecretarÃa de Desarrollo Social (Sedesol), a través del Programa de Empleo Temporal, trabaja con más de 60 bancos de alimentos en los estados de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, para levantar, con autorización de los productores, frutas y verduras en excelente estado que, al no cumplir con estándares de mercado, dejan de cosecharse.
Señaló que además de que ocho entidades federativas (Baja California, Coahuila, Colima, Chihuahua, Durango, Quintana Roo, Sinaloa y Tamaulipas) cuentan con alguna legislación local en la materia, se requiere extender a todo el territorio nacional la regulación de la donación de alimentos y llevar a cabo un adecuado control e inspección de este proceso.
El diputado Daniel Torres expuso que la ley pretende estimular a los congresos locales para que promuevan y legislen en materia de incentivos fiscales para las empresas establecidas en sus entidades federativas dedicadas a la donación y distribución de alimentos. Todo, dijo, en favor de mexicanos que no cuentan con el mÃnimo indispensable para cubrir una necesidad tan básica, como es la alimentación.
La iniciativa prevé establecer que quedará prohibido el desperdicio irracional e injustificado de productos alimenticios, cuando estos sean susceptibles de donación para su aprovechamiento altruista por alguna persona moral o institución pública o privada, reconocida oficialmente por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia o se encuentren inscritos en el Padrón de Donantes y Donatarios.
De igual manera, plantea que los alimentos donados para su posterior distribución deberán reunir condiciones necesarias de calidad e higiene, a fin de ser aptos para el consumo.
Añadió que, toda persona tendrá derecho de solicitar a la Sedesol, a la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público, al Servicio de Administración Tributaria y al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia Nacional, ser incluida en el padrón para poder ser susceptible de apoyo, previo estudio socioeconómico.
En el apartado de sanciones, la iniciativa estipula una multa de 100 a 300 dÃas de salario mÃnimo a empleados o directivos de bancos de alimentos que participen en el desvÃo de los productos donados, ya sea que los utilicen para su aprovechamiento personal o de terceros que no los requieren.
La sanción aumenta hasta en cien por ciento cuando estos alimentos se comercializan; igual multa se aplicará a quien solicite la donación, no los dé o los desperdicie injustificadamente, y a aquellos que teniendo conocimiento de que los productos no se encuentran aptos para el consumo, ordenen su distribución a los bancos de alimentos o a los grupos vulnerables.
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