Fortalecer cultura de la constitucionalidad y legalidad beneficia a la sociedad
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En el “Seminario Internacional Fuentes Históricas de la Constitución de 1917â€, el director general del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP), Sadot Sánchez Carreño, dijo que se busca difundir los postulados de la Carta Magna para acrecentar y fortalecer la cultura de la constitucionalidad y la legalidad, en beneficio de la sociedad.
La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados se ha empeñado en realizar un diálogo con la sociedad civil, que permita el intercambio de opiniones y análisis históricos, polÃticos y jurÃdicos, asà como repensar los contenidos de la Carta Magna.
Precisó que la Constitución elaborada en 1917 contenÃa 21 mil palabras, actualmente tiene más de 60 mil, por lo que es necesario que algunas disposiciones se vayan a reglamentos y no estén en la Constitución.
El análisis histórico, jurÃdico y polÃtico que se realiza con motivo del Centenario de la Constitución, cumple el objetivo de enriquecerla a través de determinados ordenamientos.
Sánchez Carreño mencionó que existe una propuesta del Instituto de Investigaciones JurÃdicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), referente a la consolidación y ordenamiento de la Constitución; “es un proyecto que diputados y senadores conocen, y parte de este análisis se refiere al seminario que estamos haciendoâ€, acotó.
Hay decisiones fundamentales que no deben cambiar como la definición del Estado mexicano en República Representativa, Democrática, Federal y Laica, asà como el derecho a la educación, salud y vivienda.
Como parte de este evento hoy se llevó a cabo la mesa de trabajo “Documentos constitucionales mexicanos del siglo XIXâ€, en la cual Manlio Fabio CasarÃn León, catedrático de la Universidad Veracruzana, abordó el tema: El Plan de Casamata del 1 de febrero de 1823, y estimó que el análisis de éste debe reflejar una gran lección y desafÃo al Estado mexicano, porque se tienen que tomar elementos decisivos para el presente que pueden resultar muy aleccionadores.
Nuestra Constitución necesita ajustes y una gran reforma integral, asà como reflejar los tiempos presentes; se debe pensar el federalismo con base en la idea original de Casamata, tomar en cuenta elementos prioritarios como la representación nacional, y replantear nuevamente, el tema del acuerdo originario de voluntades de las entidades creadoras del pacto federal.
De la Universidad de Guadalajara, Javier Fregoso Zárate, con el tema: “El contrato de asociación para la República de los Estados Unidos de Anáhuac 1821â€, señaló que este documento contiene propuestas ingeniosas y visionarias, la mayorÃa de las cuales se puso en práctica después en el paÃs; sin embargo, se hicieron en una época demasiado temprana para ser aplicadas.
Juan Carlos Cervantes Gómez, director de Estudios Legislativos del CEDIP, con el tema: “Las bases orgánicas de 1843â€, comentó que este es un documento que legitima una dictadura militar encabezada por Antonio López de Santa Anna, pues “generan o exacerban el sistema central, no sólo en detrimento de las entidades federativas sino también de los otros poderes, porque nadie se antepone al Presidente de la Repúblicaâ€. Sin embargo, tuvieron vigencia poco más de tres años y muchas no tuvieron aplicación.
En el tema “La declaración de Independencia de 1821â€, Guadalupe Leticia GarcÃa GarcÃa, de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, UNAM, indicó que este documento abrió las puertas, en los hechos y en lo polÃtico, a la autonomÃa de nuestro paÃs.
En la mesa “Constituciones Iberoamericanas y Migraciónâ€, el catedrático de la Universidad de AlmerÃa, España, Juan Francisco Pérez Gálvez, expuso: “La migración española hacia México después de su independenciaâ€. Destacó que hay periodos históricos con un importante vacÃo legal y documental, que es necesario que España y México se dediquen a subsanar.
Con el tema: “El reglamento para el arreglo de la autoridad ejecutiva provisoria de Chileâ€, Gladys Camacho Cépeda subrayó que la Carta Magna de México es uno de los textos de referencia del constitucionalismo Latinoamericano al consagrar los derechos fundamentales.
Por su parte, Marco Morales Tobar, de la Universidad Central de Ecuador, con el tema: “La constitución Ecuatoriana del 15 de febrero de 1812â€, señaló que tuvo una duración de alrededor de ocho meses, pero fue uno de los instrumentos polÃticos más influyentes de la época que sirvió de base y fundamento para los que se dictaron posteriormente.
El académico por la Universidad Externado de Colombia, Augusto Hernández Becerra, destacó que “El acta de la Confederación de las Provincias Unidas de la Nueva Granada del 27 de noviembre de 1811â€, ofrece una visión sistemática de pensamiento democrático, republicano y liberal que coincide con las ideas que proliferan en otras constituciones de América Latina de la época.
Con el mismo tema Orlando Solano Bárcenas, profesor de la Universidad Nacional de Colombia, dijo que es importante estudiar dicha acta por las circunstancias y causas que determinaron su creación como los movimientos de independencia de las colonias americanas. “El acta es base de las primeras constituciones colombianas y precursora de las Latinoamericanas que surgieron en momentos de presión y guerraâ€.
En la mesa “Antecedentes constitucionales nacionalesâ€, Marina Del Pilar Olmeda GarcÃa, investigadora de la Universidad Autónoma de Baja California, presentó el tema “Bases constitucionales del 24 de febrero de 1822â€. Señaló que el grupo insurgente que postuló los ideales republicanos buscó que México adoptara la forma de gobierno actual, que ha ido avanzando, desarrollando y perfeccionando.
De la Universidad de Guadalajara, la maestra Magdalena MartÃnez Quirarte, al presentar el tema “Plan de Igualaâ€, apuntó que la realidad histórica no debe perder de vista las leyes, tratados, planes y decretos, para comprender la realidad y los procesos que llevaron a lo que hoy conocemos como Estados Unidos Mexicanos, y que son el peldaño de todas las constituciones que evolucionaron hasta la actual.
Con el tema del “Bando de Abolición de la Esclavitudâ€, el maestro Adalberto Ortega SolÃs, de la misma institución, afirmó que la Carta Magna enfrenta una realidad económica donde se difuminan las fronteras de lo legal y lo ilÃcito, ante la falta efectiva del Estado de Derecho, “como lo vemos en la trata de personas, en las condiciones de trabajo, sobre todo en los menores, asà como en las contrataciones que cancelan libertadesâ€.
Por su parte, el doctor Ãngel Guillermo Ruiz Moreno, investigador de esa casa de estudios, mencionó que debido a la globalización, la Carta Magna ha tenido una “vertiginosa evolución†en todos sus órdenes: económica, educativa, cultural, polÃtica, y las llamadas reformas estructurales, que deben aterrizarse e instrumentarse para que se apliquen.
Asimismo, participaron Carlos Ramiro Ruiz Moreno, con el tema “El Pacto Federal de Anáhuacâ€; Efrén Chávez Hernández, con “Plan de Ayutla de 1857â€; Ãngel Zarazúa MartÃnez, “El Plan de San Luis†y, Rodolfo Aceves Jiménez con la ponencia “Los Elementos Constitucionales de Ignacio López Rayónâ€.
En el “Seminario Internacional Fuentes Históricas de la Constitución de 1917â€, el director general del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP), Sadot Sánchez Carreño, dijo que se busca difundir los postulados de la Carta Magna para acrecentar y fortalecer la cultura de la constitucionalidad y la legalidad, en beneficio de la sociedad.
La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados se ha empeñado en realizar un diálogo con la sociedad civil, que permita el intercambio de opiniones y análisis históricos, polÃticos y jurÃdicos, asà como repensar los contenidos de la Carta Magna.
Precisó que la Constitución elaborada en 1917 contenÃa 21 mil palabras, actualmente tiene más de 60 mil, por lo que es necesario que algunas disposiciones se vayan a reglamentos y no estén en la Constitución.
El análisis histórico, jurÃdico y polÃtico que se realiza con motivo del Centenario de la Constitución, cumple el objetivo de enriquecerla a través de determinados ordenamientos.
Sánchez Carreño mencionó que existe una propuesta del Instituto de Investigaciones JurÃdicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), referente a la consolidación y ordenamiento de la Constitución; “es un proyecto que diputados y senadores conocen, y parte de este análisis se refiere al seminario que estamos haciendoâ€, acotó.
Hay decisiones fundamentales que no deben cambiar como la definición del Estado mexicano en República Representativa, Democrática, Federal y Laica, asà como el derecho a la educación, salud y vivienda.
Como parte de este evento hoy se llevó a cabo la mesa de trabajo “Documentos constitucionales mexicanos del siglo XIXâ€, en la cual Manlio Fabio CasarÃn León, catedrático de la Universidad Veracruzana, abordó el tema: El Plan de Casamata del 1 de febrero de 1823, y estimó que el análisis de éste debe reflejar una gran lección y desafÃo al Estado mexicano, porque se tienen que tomar elementos decisivos para el presente que pueden resultar muy aleccionadores.
Nuestra Constitución necesita ajustes y una gran reforma integral, asà como reflejar los tiempos presentes; se debe pensar el federalismo con base en la idea original de Casamata, tomar en cuenta elementos prioritarios como la representación nacional, y replantear nuevamente, el tema del acuerdo originario de voluntades de las entidades creadoras del pacto federal.
De la Universidad de Guadalajara, Javier Fregoso Zárate, con el tema: “El contrato de asociación para la República de los Estados Unidos de Anáhuac 1821â€, señaló que este documento contiene propuestas ingeniosas y visionarias, la mayorÃa de las cuales se puso en práctica después en el paÃs; sin embargo, se hicieron en una época demasiado temprana para ser aplicadas.
Juan Carlos Cervantes Gómez, director de Estudios Legislativos del CEDIP, con el tema: “Las bases orgánicas de 1843â€, comentó que este es un documento que legitima una dictadura militar encabezada por Antonio López de Santa Anna, pues “generan o exacerban el sistema central, no sólo en detrimento de las entidades federativas sino también de los otros poderes, porque nadie se antepone al Presidente de la Repúblicaâ€. Sin embargo, tuvieron vigencia poco más de tres años y muchas no tuvieron aplicación.
En el tema “La declaración de Independencia de 1821â€, Guadalupe Leticia GarcÃa GarcÃa, de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, UNAM, indicó que este documento abrió las puertas, en los hechos y en lo polÃtico, a la autonomÃa de nuestro paÃs.
En la mesa “Constituciones Iberoamericanas y Migraciónâ€, el catedrático de la Universidad de AlmerÃa, España, Juan Francisco Pérez Gálvez, expuso: “La migración española hacia México después de su independenciaâ€. Destacó que hay periodos históricos con un importante vacÃo legal y documental, que es necesario que España y México se dediquen a subsanar.
Con el tema: “El reglamento para el arreglo de la autoridad ejecutiva provisoria de Chileâ€, Gladys Camacho Cépeda subrayó que la Carta Magna de México es uno de los textos de referencia del constitucionalismo Latinoamericano al consagrar los derechos fundamentales.
Por su parte, Marco Morales Tobar, de la Universidad Central de Ecuador, con el tema: “La constitución Ecuatoriana del 15 de febrero de 1812â€, señaló que tuvo una duración de alrededor de ocho meses, pero fue uno de los instrumentos polÃticos más influyentes de la época que sirvió de base y fundamento para los que se dictaron posteriormente.
El académico por la Universidad Externado de Colombia, Augusto Hernández Becerra, destacó que “El acta de la Confederación de las Provincias Unidas de la Nueva Granada del 27 de noviembre de 1811â€, ofrece una visión sistemática de pensamiento democrático, republicano y liberal que coincide con las ideas que proliferan en otras constituciones de América Latina de la época.
Con el mismo tema Orlando Solano Bárcenas, profesor de la Universidad Nacional de Colombia, dijo que es importante estudiar dicha acta por las circunstancias y causas que determinaron su creación como los movimientos de independencia de las colonias americanas. “El acta es base de las primeras constituciones colombianas y precursora de las Latinoamericanas que surgieron en momentos de presión y guerraâ€.
En la mesa “Antecedentes constitucionales nacionalesâ€, Marina Del Pilar Olmeda GarcÃa, investigadora de la Universidad Autónoma de Baja California, presentó el tema “Bases constitucionales del 24 de febrero de 1822â€. Señaló que el grupo insurgente que postuló los ideales republicanos buscó que México adoptara la forma de gobierno actual, que ha ido avanzando, desarrollando y perfeccionando.
De la Universidad de Guadalajara, la maestra Magdalena MartÃnez Quirarte, al presentar el tema “Plan de Igualaâ€, apuntó que la realidad histórica no debe perder de vista las leyes, tratados, planes y decretos, para comprender la realidad y los procesos que llevaron a lo que hoy conocemos como Estados Unidos Mexicanos, y que son el peldaño de todas las constituciones que evolucionaron hasta la actual.
Con el tema del “Bando de Abolición de la Esclavitudâ€, el maestro Adalberto Ortega SolÃs, de la misma institución, afirmó que la Carta Magna enfrenta una realidad económica donde se difuminan las fronteras de lo legal y lo ilÃcito, ante la falta efectiva del Estado de Derecho, “como lo vemos en la trata de personas, en las condiciones de trabajo, sobre todo en los menores, asà como en las contrataciones que cancelan libertadesâ€.
Por su parte, el doctor Ãngel Guillermo Ruiz Moreno, investigador de esa casa de estudios, mencionó que debido a la globalización, la Carta Magna ha tenido una “vertiginosa evolución†en todos sus órdenes: económica, educativa, cultural, polÃtica, y las llamadas reformas estructurales, que deben aterrizarse e instrumentarse para que se apliquen.
Asimismo, participaron Carlos Ramiro Ruiz Moreno, con el tema “El Pacto Federal de Anáhuacâ€; Efrén Chávez Hernández, con “Plan de Ayutla de 1857â€; Ãngel Zarazúa MartÃnez, “El Plan de San Luis†y, Rodolfo Aceves Jiménez con la ponencia “Los Elementos Constitucionales de Ignacio López Rayónâ€.