Trabajadoras del hogar contarán con seguro social - NTCD Noticias
Viernes 26 de abril de 2024

Inicio

-

Salud

-

Trabajadoras del hogar contarán con seguro social

Trabajadoras del hogar contarán con seguro social

Trabajadoras del hogar contarán con seguro social

_
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó las reglas de operación del programa piloto para afiliar al régimen obligatorio del Instituto a las personas trabajadoras del hogar.

El documento establece las facilidades administrativas para garantizar el derecho a la salud y la seguridad social de las y los trabajadores en labores domésticas.

Asimismo, determina que los patrones podrán optar por afiliar a las personas trabajadoras del hogar. Para lo cual el Instituto facilitará el trámite digital en su página www.imss.gob.mx o en la Subdelegación más cercana al domicilio del solicitante.

Para inscribirse a la prueba piloto deberán contar con: El nombre completo del trabajador, su domicilio, Número de Seguridad Social, de no tenerlo los trabajadores podrán tramitarlo en la página de internet del Instituto, en la aplicación móvil IMSS Digital o en alguna Subdelegación, Salario mensual, Clave Única de Registro de Población (CURP), así como, el nombre completo, domicilio y de manera opcional la CURP del patrón o de todos los patrones, cuando el trabajador labore en más de un lugar.

Cuando los trabajadores del hogar laboren exclusivamente para un patrón durante todo el mes (ya sea de planta, es decir que habiten en la misma casa que el patrón, o de entrada por salida), éste deberá cubrir la totalidad de las cuotas obrero patronales correspondientes al periodo.

En caso de que el trabajador preste sus servicios a más de un patrón, cada uno de ellos deberá cubrir el monto correspondiente a las cuotas obrero patronales proporcionales a los días que el trabajador labore con él.

La cuota deberá pagarse a más tardar el 20 de cada mes, para garantizar los seguros de Enfermedades y Maternidad; de Riesgos de Trabajo; de Invalidez y Vida; de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como de Guarderías y Prestaciones Sociales de los trabajadores.


Reacciones