_ La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió nuevas disposiciones que acompañan la implementación de la llamada Ley Silla, enfocadas en la bipedestación prolongada, es decir, el hecho de mantenerse de pie más de tres horas continuas durante la jornada laboral. Este criterio es fundamental para determinar qué centros de trabajo están obligados a ofrecer sillas con respaldo para garantizar el derecho al descanso de sus trabajadores.
La dependencia federal aclaró que las personas que laboran de pie durante más de tres horas continuas deben ser consideradas para recibir este beneficio. En caso contrario, el decreto no aplica. Esta medida busca prevenir problemas de salud derivados de permanecer mucho tiempo en bipedestación, como dolores lumbares, fatiga, malestares en piernas, complicaciones cardiovasculares y afectaciones durante el embarazo.
Los empleadores están obligados a realizar un diagnóstico para establecer el número de trabajadores en esta condición, así como analizar si es viable colocar una silla en el lugar de trabajo, en una zona cercana o en un espacio especial dentro de la empresa. Además, las empresas deben informar a su personal sobre los riesgos asociados y las medidas preventivas adoptadas.
Entre las acciones adicionales que deben tomar los empleadores, destacan la adaptación de estaciones de trabajo para permitir el uso de sillas, alternar actividades que permitan cambios de postura, ofrecer calzado ergonómico, acondicionar pisos con superficies amortiguadas y establecer programas de pausas activas según el análisis de riesgos.
La Ley Silla representa una reforma importante a la Ley Federal del Trabajo al reconocer el derecho al descanso en condiciones ergonómicas. Las sillas deben tener respaldo y ser adecuadas para prevenir lesiones, en una muestra de avance hacia entornos laborales más humanos y seguros en México.
