Conavim exhorta a instituciones educativas a adoptar protocolo contra acoso y hostigamiento sexual - NTCD Noticias
Martes 16 de abril de 2024

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Conavim exhorta a instituciones educativas a adoptar protocolo contra acoso y hostigamiento sexual

Conavim exhorta a instituciones educativas a adoptar protocolo contra acoso y hostigamiento sexual

Conavim exhorta a instituciones educativas a adoptar protocolo contra acoso y hostigamiento sexual

_ La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) invitó al Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios (CBTIS), la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) a adoptar el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual, en respuesta a presuntos casos de acoso en planteles de Morelos y Ciudad de México. Con respeto a la autonomía de estas instituciones, el objetivo es erradicar dichas prácticas.

El hostigamiento y acoso sexual son conductas que afectan gravemente la dignidad de las personas, principalmente mujeres. Estas prácticas son resultado de un problema estructural de discriminación y violencia basada en estereotipos de género y relaciones de poder. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021 indica que 32.3% de las mujeres mayores de 15 años han experimentado violencia escolar a lo largo de su vida estudiantil.

La prevalencia de violencia escolar en los últimos 12 meses fue de 20.2%, con predominio de acoso sexual (13.7%), violencia psicológica (12%) y violencia física (4.6%). La mayor prevalencia de estas violencias se registra en Querétaro (40.3%), seguido del Estado de México (36.6%) y Colima (36.3%). Morelos y CDMX presentan prevalencias de 30.8% y 36%, respectivamente.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define el hostigamiento sexual como el ejercicio de poder en relaciones de subordinación en ámbitos laborales y/o escolares, manifestándose en conductas verbales, físicas o ambas, de connotación lasciva. El acoso sexual, por su parte, implica un ejercicio abusivo de poder sin necesidad de subordinación, generando indefensión y riesgo para la víctima.

La Ley establece que las entidades federativas deben garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en relaciones laborales y de docencia, asegurar la sanción a agresores, difundir que el hostigamiento y acoso sexual son delitos y diseñar programas de servicios reeducativos integrales para víctimas y agresores. Los tres órdenes de gobierno deben velar por los derechos de las víctimas y reivindicar la dignidad de las mujeres en todos los ámbitos.

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