_ Ante el incremento de personas extranjeras que acuden a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) en busca de orientación, la dependencia enfatiza que no emite documentos migratorios ni de tránsito. La Comar, encargada de procesar solicitudes de refugio y evaluar la necesidad de protección internacional, subraya la importancia de aclarar su alcance y funciones.
La constancia otorgada al iniciar el proceso de reconocimiento de la condición de refugiado asegura que la persona no será devuelta a su país de origen durante el trámite, pero no habilita el tránsito hacia el norte del país. Este documento implica la obligación de permanecer en la entidad donde se inició el procedimiento, y no permite la expedición de salvoconductos de tránsito.
En los últimos años, la creciente llegada de personas extranjeras, especialmente de nacionalidades haitiana, hondureña y cubana, ha generado una demanda de salvoconductos de tránsito, que la Comar no tiene la facultad de proporcionar. Este fenómeno ha impactado los tiempos de respuesta, que han experimentado un incremento significativo en los últimos meses.
Ante esta situación, la Comar reitera su compromiso de atención a las solicitudes de refugio y recuerda a la población que las oficinas centrales se encuentran ubicadas en Versalles No. 49, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600. Se ofrece asistencia adicional a través del número telefónico 55 52 09 88 00, extensión 30133.
La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados refuerza su compromiso con la atención de las personas en situación de vulnerabilidad, trabajando para adaptarse a las cambiantes circunstancias y necesidades de la población migrante en México.