_ Se suspenden a nivel nacional los plazos para resolver todos los procedimientos iniciados con esta fecha ante la comisión;
Derivado de lo anterior, todas las solicitudes de la condición de refugiado que se presenten ante la Comar o el Instituto Nacional de Migración (INM), serán recibidas y empezarán a contar su plazo para ser resueltas a partir del 20 de abril del presente año;
Para las personas que cuenten con un procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado abierto, también se suspende la obligación de firma semanal, y
Para la recepción de documentos y solicitudes de inicio de procedimiento se mantiene abierta la gestión de la Comar.
Para resolver dudas respecto al alcance de este acuerdo, se pone a disposición el número telefónico 5209-8800, extensiones 30208, 30226 y 30154.
Asimismo, en el siguiente enlace se puede consultar el Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en los trámites de la Secretaría de Gobernación: https://cutt.ly/QtniTFP