Cuarto dictamen retrocede 30 años en política ambiental
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- Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente no promueve desarrollo sustentable
Al presentar su voto particular en contra del dictamen en materia de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, el senador Alejandro Encinas RodrÃguez, del PRD, indicó que las nuevas disposiciones representan un retroceso significativo de más de 30 años en la polÃtica ambiental de nuestro paÃs.
El concepto de protección ambiental se circunscribe en lo fundamental a la prevención y contaminación ambiental, por lo que desde 1982 se avanzó hacia un concepto que asume la preservación y restauración del equilibrio ecológico. Posteriormente, en 1992 se incorporaron las necesidades de desarrollo social y economÃa sustentable, refirió.
Las leyes secundarias mantienen un enfoque preventivo en lugar de fortalecer los aspectos de detección y de respuesta efectiva. No incorporan la obligación de la Agencia Nacional de actuar con legalidad, precaución y de proteger a las personas en función del riesgo de degradación ambiental, ni plantean la promoción del desarrollo sustentable.
El senador del PRD afirmó que dicha dependencia duplica funciones e invade las competencias de otras dependencias del gobierno federal, lo que provocará contradicciones en la aplicación de la norma. Tal es el caso de las regulaciones ambientales que ha emitido la SecretarÃa del Medio Ambiente y Recursos Naturales en materia de hidrocarburos, las cuales regulan la perforación de pozos petroleros marinos y el manejo de agua congénita.
Encinas RodrÃguez subrayó que el dictamen llega al extremo de no precisar que la agencia en cuestión tendrá que atender la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. En este sentido, enfatizó que no puede existir una legislación de excepción para la industria de hidrocarburos o electricidad, ya que las leyes son transversales y de aplicación universal.
- Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente no promueve desarrollo sustentable
Al presentar su voto particular en contra del dictamen en materia de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, el senador Alejandro Encinas RodrÃguez, del PRD, indicó que las nuevas disposiciones representan un retroceso significativo de más de 30 años en la polÃtica ambiental de nuestro paÃs.
El concepto de protección ambiental se circunscribe en lo fundamental a la prevención y contaminación ambiental, por lo que desde 1982 se avanzó hacia un concepto que asume la preservación y restauración del equilibrio ecológico. Posteriormente, en 1992 se incorporaron las necesidades de desarrollo social y economÃa sustentable, refirió.
Las leyes secundarias mantienen un enfoque preventivo en lugar de fortalecer los aspectos de detección y de respuesta efectiva. No incorporan la obligación de la Agencia Nacional de actuar con legalidad, precaución y de proteger a las personas en función del riesgo de degradación ambiental, ni plantean la promoción del desarrollo sustentable.
El senador del PRD afirmó que dicha dependencia duplica funciones e invade las competencias de otras dependencias del gobierno federal, lo que provocará contradicciones en la aplicación de la norma. Tal es el caso de las regulaciones ambientales que ha emitido la SecretarÃa del Medio Ambiente y Recursos Naturales en materia de hidrocarburos, las cuales regulan la perforación de pozos petroleros marinos y el manejo de agua congénita.
Encinas RodrÃguez subrayó que el dictamen llega al extremo de no precisar que la agencia en cuestión tendrá que atender la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. En este sentido, enfatizó que no puede existir una legislación de excepción para la industria de hidrocarburos o electricidad, ya que las leyes son transversales y de aplicación universal.