SRCDMX determina que el TEEM debe analizar bajo una perspectiva intercultural la impugnación relacionada con la autodeterminación del municipio indígena de Xoxocotla

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) que declaró infundada la impugnación relacionada con el reconocimiento de autodeterminación del municipio indígena de Xoxocotla.
Al resolver el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-1064/2019, el Pleno determinó que le asiste razón al actor respecto a la omisión del TEEM de aplicar una perspectiva intercultural y no atender su petición de que se respetara la autodeterminación de la comunidad a la que pertenece. Esto, porque el Tribunal local debió estudiar la validez de la Asamblea de la comunidad que -según afirma el actor- revocó el mandato de dichas personas Concejales y eligió a quienes debían sustituirles en el cargo y, para ello, debía llamar a juicio a todas las partes que puedan tener interés en la controversia y resolver con una perspectiva intercultural sobre el sistema normativo interno y costumbres de la comunidad, así como las atribuciones de la Asamblea General y la figura de revocación del mandato de sus autoridades.
En consecuencia, este órgano jurisdiccional revocó la sentencia impugnada y todas las actuaciones llevadas a cabo en la instrucción del juicio local para que se emita una nueva sentencia, atendiendo al sistema de organización de Xoxocotla.
La SRCDMX a su vez determinó que tribunal local analice la elección de Ayudantía Municipal en Morelos de acuerdo con una perspectiva intercultural
La Sala Regional revocó la sentencia del TEEM en la que señaló encontrarse impedido para pronunciarse sobre la validez de la Asamblea en la que se designó a la Ayudantía Municipal de la Colonia General Pedro Saavedra, y que exhortó al Concejo del Municipio Indígena de Coatetelco a convocar a la elección de dicha autoridad, en apego a los usos y costumbres de la localidad.
Al dictar sentencia del juicio electoral SCM-JE-91/2019 y acumulado, el Pleno estimó revocar la resolución impugnada para que el Tribunal local emita una nueva resolución atendiendo al sistema de organización de la colonia, perteneciente al municipio indígena de Coatetelco, Morelos y, que bajo una perspectiva intercultural se realicen las diligencias necesarias para el conocimiento de las atribuciones de la Asamblea comunitaria en la colonia y la operación de la figura de la Ayudantía Municipal.
La magistrada María G. Silva Rojas emitió un voto particular en el primer resolutivo al considerar que el juicio electoral 91 debió ser reencauzado a juicio de la ciudadanía.
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