_ La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) lineamientos obligatorios para promotores y boleteras en la venta de boletos para conciertos masivos. Estos lineamientos, fundamentados en la Ley Federal de Protección al Consumidor, buscan garantizar los derechos de las personas consumidoras mediante información clara y oportuna.
Entre las principales obligaciones, se establece que las boleteras deberán informar con al menos 24 horas antes de la primera venta una descripción detallada del evento: fecha, lugar, artistas y horarios, así como sus términos y condiciones. Además, deberán publicar un mapa o plano del evento donde se identifiquen las secciones y el número de asientos disponibles por cada una. En cada sección se debe establecer el monto total a pagar, el cual no podrá ser modificado al momento de la compra e incluirá impuestos, comisiones o cualquier otro costo.
Los lineamientos también regulan situaciones específicas. En caso de cancelación del concierto, el promotor o boletera deberá informar los métodos de devolución del monto total pagado; si procede una compensación exigida por el consumidor, esta no podrá ser inferior al 20% del precio pagado. Cualquier modificación a las condiciones originales debe informarse con al menos 24 horas antes del inicio del evento. Los servicios complementarios no podrán ser incluidos forzosamente y deben ser opcionales; si se ofrecen paquetes VIP, su información debe ser clara y verificable antes de la compra.
Finalmente, cuando se usen filas virtuales o turnos electrónicos, la boletera debe informar previamente que su acceso no garantiza la disponibilidad de boletos. La Profeco podrá requerir documentación para ejercer sus atribuciones y las infracciones a estos lineamientos se sancionarán conforme a la ley. Los lineamientos completos pueden consultarse en el Diario Oficial de la Federación.