Minuta para fortalecer combate al robo de combustibles
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- El proyecto incluye cárcel para quien almacene, transporte, oculte, enajene, suministre o distribuya de manera ilÃcita petróleo crudo o hidrocarburos.
- La propuesta se analizará en las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos.
El Senado de la República recibió la minuta que reforma diversos ordenamientos para reconfigurar los tipos penales relativos al robo de combustibles, inhibir la diversificación de este este delito y sancionar con mayor eficacia a la delincuencia.
El proyecto de la Cámara de Diputados plantea sancionar con prisión de cuatro a 11 años y de mil 200 a 13 mil dÃas multa a quien posea, resguarde, almacene, transporte, oculte, enajene, suministre o distribuya de manera ilÃcita petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados cuando la cantidad sea igual o mayor a dos mil litros.
Además, propone cárcel de cuatro a 10 años y de mil a 12 mil dÃas multa cunado la cantidad sea igual o mayor a mil litros pero menor de dos mil litros, asà como prisión de dos a cuatro años y de quinientos a mil dÃas multa cuando la cantidad sea mayor de 300 litros pero menor de mil.
La minuta precisa que no se aplicará la pena prevista siempre que se trate de la posesión de hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados hasta por la cantidad de 300 litros, cuando el sujeto activo detente la posesión de estos productos con fines de consumo para actividades agropecuarias o pesqueras lÃcitas dentro de su comunidad.
Del mismo modo, sugiere que se imponga de seis a 10 años de prisión y de quinientos a mil dÃas multa al comercializador o transportista de gasolina o diésel que tenga en su poder dichos combustibles, cuando éstos no contengan los trazadores o las demás especificaciones establecidas de acuerdo con lo señalado en la Ley Reglamentaria del artÃculo 27 constitucional en el Ramo del Petróleo.
El proyecto, que se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, incluye reformas al Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Código Fiscal de la Federación, a la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artÃculo 22 de la Constitución y a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Además, en la sesión de este martes, se turnaron a las comisiones correspondientes las minutas que reforman los artÃculos 167 y 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y diversas disposiciones a la Ley de Premios, EstÃmulos y Recompensas Civiles, para crear el Premio Nacional de Cultura Contributiva.
- El proyecto incluye cárcel para quien almacene, transporte, oculte, enajene, suministre o distribuya de manera ilÃcita petróleo crudo o hidrocarburos.
- La propuesta se analizará en las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos.
El Senado de la República recibió la minuta que reforma diversos ordenamientos para reconfigurar los tipos penales relativos al robo de combustibles, inhibir la diversificación de este este delito y sancionar con mayor eficacia a la delincuencia.
El proyecto de la Cámara de Diputados plantea sancionar con prisión de cuatro a 11 años y de mil 200 a 13 mil dÃas multa a quien posea, resguarde, almacene, transporte, oculte, enajene, suministre o distribuya de manera ilÃcita petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados cuando la cantidad sea igual o mayor a dos mil litros.
Además, propone cárcel de cuatro a 10 años y de mil a 12 mil dÃas multa cunado la cantidad sea igual o mayor a mil litros pero menor de dos mil litros, asà como prisión de dos a cuatro años y de quinientos a mil dÃas multa cuando la cantidad sea mayor de 300 litros pero menor de mil.
La minuta precisa que no se aplicará la pena prevista siempre que se trate de la posesión de hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados hasta por la cantidad de 300 litros, cuando el sujeto activo detente la posesión de estos productos con fines de consumo para actividades agropecuarias o pesqueras lÃcitas dentro de su comunidad.
Del mismo modo, sugiere que se imponga de seis a 10 años de prisión y de quinientos a mil dÃas multa al comercializador o transportista de gasolina o diésel que tenga en su poder dichos combustibles, cuando éstos no contengan los trazadores o las demás especificaciones establecidas de acuerdo con lo señalado en la Ley Reglamentaria del artÃculo 27 constitucional en el Ramo del Petróleo.
El proyecto, que se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, incluye reformas al Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Código Fiscal de la Federación, a la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artÃculo 22 de la Constitución y a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Además, en la sesión de este martes, se turnaron a las comisiones correspondientes las minutas que reforman los artÃculos 167 y 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y diversas disposiciones a la Ley de Premios, EstÃmulos y Recompensas Civiles, para crear el Premio Nacional de Cultura Contributiva.