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Viernes 17 de mayo de 2024

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Proyecto para regular comparecencia de funcionarios que no cumplan recomendaciones de CNDH

Proyecto para regular comparecencia de funcionarios que no cumplan recomendaciones de CNDH

Proyecto para regular comparecencia de funcionarios que no cumplan recomendaciones de CNDH

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- Se trata de que servidores públicos puedan fundar, explicar y justificar su negativa para aceptar alguna recomendación.

- Dichas comparecencias se realizarían ante la Comisión de Derechos Humanos del Senado.


La Comisión de Estudios Legislativos aprobó un proyecto de decreto que busca regular el procedimiento para la comparecencia de aquellos servidores públicos o autoridades que no hayan cumplido con una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Se trata, se menciona en el documento, de garantizar a los servidores públicos su garantía de audiencia, con el propósito de que puedan fundar, explicar y justificar su negativa para aceptar alguna recomendación.

De acuerdo con la propuesta, que adiciona un artículo 265 Bis y la Sección Décima al Capítulo Segundo del Título Octavo del Reglamento del Senado, dichas comparecencias se realizarían ante la Comisión de Derechos Humanos de este órgano del Congreso.

De esta manera, consideró la Comisión de Estudios Legislativos, que preside la senadora Graciela Ortiz González, adquiere mayor publicidad el problema y la intervención de la Cámara de Senadores, con lo que se puede producir una mayor presión para cumplir con las recomendaciones.

En el dictamen también se expone que la reforma de junio de 2011 estableció, en el apartado B del artículo 102 de la Constitución, la obligación de todo servidor público de responder las recomendaciones que les emita la CNDH y, en caso de no aceptarlas o cumplirlas, pueda fundar y motivar sus razones, así como hacer pública su negativa.

Se agrega que ésta es una reforma fundamental para el debido cumplimiento de las recomendaciones que mite el ombudsman, pues desde su creación a€œes evidente que quienes han sido sujetos o señalados como responsables de una recomendación de la CNDH, responde con conductas omisas, evasivas e incluso de manera irresponsablea€.

En ocasiones, se comenta, las autoridades aceptan formalmente la recomendación del organismo defensor de los derechos humanos, pero no cumplen en los puntos relativos de iniciar los procedimientos administrativos de sanción o de denuncias correspondientes ante el ministerio público.

Aprueban reforma para establecer un Congreso Abierto.

La Comisión de Estudios Legislativos también avaló un dictamen que incluye diversas disposiciones para que el Congreso de la Unión sea considerado como un órgano legislativo abierto.

Para ello, se adiciona un Título Séptimo con un Capítulo único y los artículos 145, 146 y 147 a la Ley Orgánica del Congreso, a fin de que toda la información de cada una de sus cámaras sea pública y sólo pueda ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional.

Para la conducción de las actividades y políticas en materia de derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales, archivo, transparencia y apertura gubernamental del Congreso de la Unión y cada una de sus cámaras, la reforma plantea constituir una Comisión Bicamaral de Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Gobierno Abierto.

Además, establece que toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso a la información pública del Congreso de la Unión, a sus datos personales o a la rectificación de éstos.

Por otra parte, los senadores aprobaron reformar los artículos 2, 6, 8 y 71 de la Ley de Vivienda e incorporar el concepto de riesgo en la normatividad de la materia y otro dictamen que modifica el mismo ordenamiento con el propósito de incorporar a representantes del sector obrero al Consejo Nacional de Vivienda.


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