SEÑALAN CONTRADICCIONES JURÍDICAS PARA JUZGAR A BORGE

Mientras la Constitución Mexicana en su artículo 19, y el CNPP no consideran graves el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, lavado de dinero en su modalidad de ocultamiento de bienes provenientes de actividades ilegales, pero el Código Penal Federal, una ley secundaria o complementaria, en su artículo 400 bis, sanciona con cinco a 15 años de prisión a la persona que cometa dicho ilícito.
Aunque se recordará que ninguna de las leyes secundarias se encuentra por encima de la Carta Magna.
Por ello, dependerá que criterio aplica el juez al momento de juzgar el delito con base a los elementos de prueba que presente el Ministerio Público, pues en la audiencia de vinculación la Fiscalía ofreció 86 elementos en contra del imputado, aunque ahora tienen tiene seis meses de etapa complementaria para sustentar científicamente los cargos.
En la diligencia que se realizó el viernes pasado, la PGR detalló que fueron al menos cinco personas las que participaron en las operaciones del ex gobernador Roberto “N” para generar un quebranto de 900 millones de pesos al erario de Quintana Roo.
Por ello, con base en el artículo 19 de la Constitución, el Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Penal local, tanto por los cargos federales y locales ninguno de ellos es grave, independiente del monto de lo sustraído, y con derecho a la libertad bajo caución.
Sin embargo, el juez decretó la prisión preventiva justificada porque había un riesgo latente de que el imputado se sustrajera a la acción de la justicia, como ya lo había hecho anteriormente.
Por ello, era importante que con los elementos de prueba que tenía la PGR y las presuntas triangulaciones de los recursos sustraídos, y las empresas beneficiadas se le pudiera imputar la delincuencia organizada, y de esa manera, si era encontrado culpable, la sentencia que se le impusiera la enfrentara en la cárcel.
Además que la PGR informó ante el Juez de Control, que el ex gobernador benefició a su progenitores con la exención de impuestos para la venta de licores, lo que significó un quebranto de 5.2 millones de pesos a las arcas estatales.
Pese a la detallada descripción sobre la labor de cada uno de los implicados que en total sumaban cinco, no le imputó la delincuencia organizada que hubiera agravado su situación no sólo en el proceso sino al momento de dictar sentencia.
Como se recordará el pasado cuatro de enero fue extraditado el ex gobernador Roberto “N” de Panamá, por su presunta responsabilidad en el delito del orden federal de uso de recursos de procedencia ilícita-lavado de dinero; y del fuero común de aprovechamiento ilícito del poder, peculado y desempeño irregular de la función pública.
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